IURIS TANTUM > Mario Santana

Llegó el comandante y mandó a parar > Mario Santana

Que la Administración de Justicia es una asignatura pendiente, nadie lo discute. Ningún Gobierno ha sabido “ponerle el cascabel al gato”, o al menos no han sabido ponérselo en su sitio. El atasco que padecen los juzgados es monumental. Según algunas fuentes, el colapso asciende a tres millones de asuntos, y según el Observatorio de la Actividad de la Justicia llega a diez millones. Millones en cualquier caso. No en vano España está a la cabeza de países europeos con mayor litigiosidad. Será por el carácter latino. Y en esto llegó el flamante ministro de Justicia y dijo: a trabajar en agosto, y se acabó el problema.

En realidad lo dijo de otra forma, pero el significado es el mismo. Parece como si en agosto cerraran los juzgados y todos los funcionarios cogieran vacaciones. Y no es así. En primer lugar, en agosto se trabaja en los juzgados, si bien es un tiempo “inhábil” a efectos de plazos, y además no en todas las jurisdicciones. Tanto en la jurisdicción laboral como en la penal se celebran juicios y actos procesales con toda normalidad. En el ámbito civil y administrativo, por el contrario, el mes de agosto es inhábil, conforme establece el artículo 130 de la Ley de Enjuiciamiento Civil: “Son días inhábiles a efectos procesales los sábados y domingos, y los días 24 y 31 de diciembre, los días de fiesta nacional y los festivos a efectos laborales en la respectiva comunidad autónoma o localidad. También serán inhábiles los días del mes de agosto”. Pero sigue diciendo el artículo que: “Se entiende por horas hábiles las que median desde las ocho de la mañana a las ocho de la tarde”. Y me pregunto yo, ¿por qué no se abre al ciudadano el juzgado de tres a ocho de la tarde?, porque ese tiempo sí es hábil.

El problema del enorme colapso de la Administración de Justicia no es por falta de tiempo, sino por falta de organización, y en segundo lugar, de medios. En cuanto a la organización de la Administración de Justicia, muy autorizadas voces han abogado por la desjudialización de determinados asuntos, como, por ejemplo, los divorcios de mutuo acuerdo, que no deberían entrañar más complicación que la aportada por abogados indignos para justificar abultados honorarios. Si un alcalde puede casar a las parejas, también podrá divorciarlas. ¿O es que vincularse en matrimonio es un acto jurídicamente menos relevante que divorciarse? No lo crean.

Otros apuestan por potenciar “de verdad” el arbitraje en asuntos entre particulares en los que no concurran cuestiones de orden público, como, por ejemplo, compraventas, arrendamientos, etc. Estos casos se podrían resolver en cortes arbitrales, como la actualmente existente en la Cámara de Comercio y sobre la que existe un gran desconocimiento. En cuanto a la aportación de medios, más que emplear cuantiosos recursos en programas informáticos que luego no funcionan, parece más oportuno aprovechar las nuevas y baratas tecnologías y ponerlas al servicio de la agilización procesal: videoconferencias, presentación y traslado de escritos electrónicamente, y establecimiento de protocolos de actuación uniformes en todo el territorio nacional. Son solo algunas medidas que se imponen en el ámbito de la empresa privada y a las que la Administración de Justicia del siglo XXI no puede dar la espalda.

Todo menos lanzar el mensaje de que en agosto no trabajan los funcionarios de la Administración de Justicia, porque la realidad es que sí trabajan, y si me apuran más que el resto del año. Buena prueba de ello es la avalancha de asuntos que quedan resueltos los primeros días de septiembre, resultado del trabajo “a puerta cerrada” en agosto. Pero no. Se acabó la diversión, llegó el ministro y mandó a trabajar. Menos mal que algunas ocurrencias quedan en eso, en titulares de estreno.

Mario Santana es Letrado
abogado@mariosantana.es