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Condenado a 16 años de prisión por violar a su pareja amenazándola con un cuchillo y por maltratarla de forma reiterada

EFE | Las Palmas

La Audiencia de Las Palmas ha condenado a 16 años y cuatro meses de prisión a un ciudadano boliviano de 38 años por violar a su pareja amenazándola con un cuchillo y por maltratarla de forma reiterada.

La sentencia declara probado que Carlos Alberto B.R. dio una paliza a su pareja el 18 de julio de 2009 tras discutir con ella en el domicilio que ambos compartían y que, unos meses más tarde, en la madrugada del 24 de diciembre, la agarró por el cuello y volvió a propinarle “múltiples puñetazos”.

Esa misma noche el procesado obligó a su compañera sentimental a tener relaciones sexuales con él amenazándola con un cuchillo, algo que repitió a la mañana siguiente.

La Audiencia considera además acreditado que Carlos Alberto B.R. sometió a su pareja a todo tipo de insultos y gritos durante el año y medio que duró su relación, lo que generó en la víctima “una situación de miedo” y le ha dejado secuelas psíquicas.

“El estado de temor e intranquilidad que vivía (la víctima) se resume en una frase que dijo en el acto del juicio con relación a los hechos ocurridos el 24 de diciembre: sabía que (el procesado) se había enfadado, lo notaba y cuando llegó a casa sabía lo que le esperaba. Esperar ser agredida no puede sino significar el clima violento que vive la denunciante con su pareja”, argumenta la presidenta de la Audiencia, Pilar Parejo, ponente de la sentencia.

Durante la vista oral, el acusado negó las acusaciones, mantuvo que las relaciones sexuales habían sido consentidas y alegó que su pareja se había causado las lesiones que presentaba en la mañana del 24 de diciembre de 2009 después de que él saliera del domicilio.

El tribunal rechaza ese planteamiento y da más credibilidad al testimonio de la víctima, que concuerda -recalca la sentencia- con las lesiones que presentaba ese día cuando acudió a un centro de salud y “dejan fuera de toda duda la existencia de una agresión”.

La defensa también planteó que la mujer ya había denunciado a otra pareja anterior por malos tratos y sabía que a Carlos Alberto B.R. lo iban a detener si lo denunciaba. Por eso, se preguntó cómo era posible que la denunciante se quedara toda la noche del 24 en casa, incluso cuando su cliente se durmió, si la había violado.

La Audiencia le replica que, “por inexplicable que puedan parecer determinadas reacciones de las mujeres maltratadas”, la denunciante dio una explicación “coherente y racional” que considera creíble: “Que pretendía convencerlo para que se marchara de casa y que no quería denunciarlo, porque no estaba en situación legal en España y podía perjudicarlo”.

“Y precisamente lo incomprensible de esta postura, a pesar de ser agredida no querer perjudicar al agresor, es una característica propia de las mujeres habitualmente maltratadas”, apunta la magistrada ponente.

La Sala plantea además que, dado el tiempo que transcurrió entre la primera agresión sexual (ocurrida a las 1.30 horas del 24 de diciembre) y la segunda (a las 6.30), cabría imputar al acusado dos delitos y no uno continuado, lo que implicaría una pena más severa.

Sin embargo, por aplicación del principio acusatorio, respeta la calificación planteada por el Ministerio Fiscal y el letrado de la víctima y condena a Carlos Alberto B.R. por un delito continuado de agresión sexual a trece años y seis meses de prisión.

Esa condena se suma a las otras dos contenidas en el fallo: dos años de cárcel por maltrato habitual y otros 10 meses por lesiones.