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Treinta años de prisión para el ‘capo’ de la prostitución ‘Cabeza de Cerdo’

EUROPA PRESS | Madrid

La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a 30 años de prisión al ‘capo de la prostitución’ Ioan C., alias ‘Cabeza de Cerdo’, por ser autor de cuatro delitos de determinación a la prostitución, un delito de determinación de prostitución de menor de edad, y un delito de aborto.

Los jueces de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Madrid han entendido que el acusado es criminalmente responsable de estos delitos, por los que ha sido condenado a cuatro años por cada uno de los delitos de determinación a la prostitución –además de 20 meses de multa y una cuota diaria de 12 euros–, a seis en el caso de la menor de edad, y otros ocho por el delito de aborto.

Asimismo, deberá de abonar las costas procesales e indemnizar a tres testigos protegidas en 12.020 euros por daños morales y a la testigo presencial menor de edad y que fue obligada a abortar, en 30.506 euros por el mismo concepto. Por el contrario, una de las testigos, que no se benefició de la condición de protección a la que podía haber recurrido, y no reclamó indemnización alguna.

Tres de las testigos no pudieron ser localizadas “a pesar de las numerosas gestiones realizadas al afecto”, según señala la sentencia, por lo que se procedió a leer las declaraciones prestadas en la fase de instrucción a presencia judicial.

La sentencia, que no es firme y contra la que se pondrá interponer recurso de casación ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo, condena a ‘Cabeza de Cerdo’, natural de Rumanía y afincado en Madrid, tras el juicio celebrado durante los primeros días de febrero en el que este se enfrentaba a la Justicia por ser responsable de una red de prostitución que llevaba a mujeres a España haciéndoles creer que se les iba a proporcionar trabajo.

Amenazas y agresiones

El tribunal entiende que el acusado actuaba junto con otras personas (entre ellos Daniel S., ya juzgado y condenado por esta causa), algunas de las cuales no han sido identificadas ni/o localizadas, para convencer a estas mujeres con ofertas de trabajo en la hostelería o en el servicio doméstico.

Una vez en España, se les comunicaba que habían contratado con la organización “una importante deuda”, y que para saldarla debían ejercer la prostitución, entregando todo el dinero recibido “hasta saldarla”. Para doblegar su voluntad, las mujeres eran víctimas de “amenazas y agresiones físicas”.

Según el relato de una de las cuatro testigo protegidas que han declarado en el juicio, el propio Ioan C. se desplazó a uno de los pisos de la organización, localizado en Carabanchel, donde, en presencia de varias chicas, les dijo que “no quería tener problemas con ellas”, ya que, de lo contrario, “les pasaría como a otras dos chicas a las que había matado y descuartizado”.

Asimismo, les reveló un caso sucedido en Palma de Mallorca, en el que había atado a un árbol a una mujer, la habían torturado y permitió el ataque de unos perros hasta su muerte. Una historia que trató de “avalar” una de las personas identificadas aunque no localizadas del caso, Mihai M.A., exhibió una fotografía “en la que aparecía una chica atada con los ojos vendados y manos atadas”.

Mujeres sorteadas para ser vigiladas

Las mujeres veían retiradas su documentación personal, dotándolas de otra falsa, y eran obligadas a estar hospedadas en pisos donde “eran controladas continuamente para evitar su fuga”, siendo sus movimientos vigilados “estrechamente”.

La vigilancia y la recaudación del dinero obtenido por la prostitución de las mujeres víctimas de la organización se llevaba a cabo a través de un reparto que una de las testigo protegida contó al tribunal, tras presenciar el mismo.

Tras llegar a Madrid, se le comunicó que había contraído una deuda de 10.000 euros que saldaría ejerciendo la prostitución en la Casa de Campo, amenazándola con causarle “graves daños a ella y a su familia si no lo hacía”. Al día siguiente, en un bar cercano a la Casa de Campo de Madrid, fue testigo junto con varias mujeres del “sorteo” por el que Ioan C. encomendó vigilar y recaudar el dinero obtenido por cada mujer a los presentes.

La “coincidencia” en las declaraciones de las víctimas respecto a la las condiciones en las que ejercían la prostitución, el control de movimientos y vigilancia, la violencia empleada, la retirada de la documentación y la obligatoriedad de entregar todo el dinero, entre otras circunstancias, otorga para el tribunal un “elemento muy importante” a la hora de ponderar la credibilidad de las declaraciones, señala el fallo.

Ioan C., Jefe de la organización

Todas ellas identificaban a Ioan C. como jefe de la organización, y ninguna se conocía entre ellas, a excepción de dos de las mujeres, que compartieron vivienda. Sin embargo, las mujeres prestaron declaración en distintas fechas y en diversas comisarías cuando consiguieron “eludir la vigilancia a que estaban sometidas”.

El tribunal atiende la jefatura de la organización, “el grado de profesionalidad”, “peligrosidad”, y, a pesar de que en el caso se pudieron constatar cinco casos, “la importancia objetiva y amplitud de la organización”.

Así, hace referencia al “notable número de hombres y mujeres implicados en la vigilancia y control de la explotación”, así como de “los numerosos medios con los que contaba en relación a pisos y vehículos”. Asimismo, subraya “la notable incidencia del terror que se advierte en todas las testigo y la relevancia de los medios intidatorios y de la violencia empleados”.

Además de las identificaciones fotográficas coincidentes entre los testigos, la sentencia destaca el papel de Ioan C. en el reparto, la intimidación y el que fuera la persona a la que se informa del embarazo de una de las víctimas, a la que se coaccionaría para abortar.

Otras de las pruebas documentales recogidas durante el juicio fueron las actas levantadas en los registros domiciliarios llevados a cabo por la investigación. Entre los objetos hallados se encuentran una catana, machetes, una porra, una pistola simulada, y diversas navajas: “elementos intimidativos característicos de hechos como los enjuiciados”, concluye la sentencia.