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Escaladores, parapentistas y surfistas pagarán por su rescate

Un helicóptero del GES, en una búsqueda reciente efectuada al norte de Tenerife. / DA

TINERFE FUMERO | Santa Cruz de Tenerife

Deportes de riesgo con significativo número de usuarios en Canarias como son el surf, la escalada (ya sea en roca o en nieve) o el parapente se verán afectados por la decisión gubernamental que cobrará una tasa por los llamados rescates indebidos, tal y como ya ocurre en otras comunidades autónomas como Cantabria y Cataluña.

A la espera de que el Parlamento autonómico apruebe la Ley de Tasas, cuya tramitación se producirá en breve, la Dirección General de Emergencias y Seguridad del Gobierno de Canarias ya tiene perfilado su modelo, que hoy adelanta DIARIO DE AVISOS y que es muy similar a los ya existentes en España y que, fundamentalmente, tiene como objeto pasivo de esta tasa a los usuarios de los deportes de riesgo, a los imprudentes y a los simuladores.

En concreto, se cobrará -hasta un límite máximo de 6.000 euros- por la movilización de medios personales y materiales del Grupo de Emergencias y Salvamento, ya sea de oficio o a requerimiento de particular.

Los que pagarán

Los supuestos recogidos en la norma son los siguientes: cuando la búsqueda, rescate o salvamento se realice con ocasión de la práctica de actividades recreativas o deportivas que entrañen riesgo o peligro para las personas; cuando se produzca por inobservancia de señales de advertencia de peligro, prohibición u obligación; cuando tenga lugar por actividades prohibidas en espacios naturales o careciendo de la preceptiva autorización para ello; cuando sea por consecuencia de un riesgo derivado de la inobservancia de las instrucciones y similares emitidas por el órgano competente, sea cual fuere la administración; cuando los rescatados no dispusieran del equipamiento adecuado al desarrollo de la actividad en cuestión; y cuando la movilización tenga lugar por llamadas falsas al Cecoes 1-1-2 o simulaciones.

No sujetos a la tasa

Según la previsión gubernamental, esta tasa se podrá cobrar también a personas jurídicas, citándose expresamente a las aseguradoras, y no estarán sujetos al cobro de la tasa si los servicios se producen por una situación de emergencia declarada por el órgano competente mediante la activación de un plan territorial o especial de Protección Civil, así como en razones de interés general y no en beneficio de particulares o de bienes determinados.

Los exentos

Estarán exentos de esta tasa los que acrediten sufrir anomalías, deficiencias o alteraciones psíquicas que afecten a su capacidad para comprender las advertencias preventivas de las autoridades.

También estarán exentos los que hayan sido declarados pobres por precepto legal, los inscritos en el Padrón de Beneficencia como pobres de solemnidad u obtengan ingresos anuales inferiores al salario mínimo interprofesional.

Por último, también quedarán exentos del cobro de la tasa quienes hubieran fallecido durante el operativo o en la fase previa, así como una fase posterior si el óbito está relacionado con las lesiones causadas.

De la cuantía

En cuanto al montante económico, es ligeramente reducido con respecto a lo estipulado en otras comunidades autonómicas, e incluye un referido tope máximo de los 6.000 euros.

La tasa se fijará, según lo previsto por el Gobierno autonómico, según lo movilizado. Así, por cada integrantes del Grupo de Emergencias y salvamento movilizado se cobrará 36 euros la hora.

Sobre la movilización de medios materiales, si se activa un helicóptero se abonarán 2.000 euros la hora (en otras comunidades son 3.000 euros), si es una embarcación serán 300 la hora, idéntica cantidad que si se trata de un vehículo del Puesto de Mando Avanzado. El resto de vehículos se cobrarán 40 euros por hora. En el caso de las fracciones de hora, los importes se aplicarán de forma proporcional.

El primero en el País Vasco: 2.417 euros a un montañero

Dos meses y medio después de su entrada en vigor, el Departamento de Interior del Gobierno Vasco ha aplicado por vez primera la polémica tasa de rescates aprobada a finales de diciembre por el Parlamento, según público diariovasco.com en su edición de ayer. El afectado es un escalador vitoriano, de 28 años, que tuvo que ser auxiliado hace tres semanas por los equipos de emergencia. Al estar federado, será el seguro el que abone los 2.417,41 euros.

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Al nivel de otras comunidades

Con los más avanzados. La creación de esta tasa para rescates, que surge con la llegada de Juan Manuel Santana al frente de la Dirección General de Emergencias y Seguridad, coloca a Canarias en la línea de vanguardia española junto a comunidades como la cántabra, la catalana o el País Vasco. Resulta evidente que las características geográficas de dichas comunidades, facilita la práctica de deportes acuáticos y de montaña.

De momento, sin lista. Canarias no tiene, en principio, previsto elaborar una lista cerrada de los deportes de riesgo por los que se cobrara, aunque resulta sencillo elaborar un catálogo de los mismos. Bien distinto es medir el grado de dificultad, ya que por ejemplo hacer escalada en roca a centímetros del suelo excluye peligro alguno. Tampoco es baladí el nivel de experiencia del deportista a la hora de valorar el riesgo. No establecer una lista de los deportes o actividades recreativas de riesgo tiene sus pros y sus contras. Por una parte, resta inseguridad jurídica; por otra parte, da margen para evaluar cada caso concreto y evitar que la mera aplicación de la norma genere injusticias.

El ejemplo vasco. Donde sí que ya hay lista de los deportes de riesgo incluidos en el cobro de un a tasa por rescate es en el País Vasco. Se reproduce como ejemplo: submarinismo, travesía de natación, windsurf, flysurf, esquí acuático, wakeboard, wakesurf, skurfer, motos de agua, bodyboard, surf, rafting, hydrospeed, piragüismo, remo, descenso de cañones y barrancos, puenting, goming, kite buggy, quad, escalada, espeleología, mountain bike, motocross, raid, trek hípico, turismo ecuestre, esquí, snowboard, motos de nieve, paraski, snowbike, mushing, skibike, aerostación, paracaidismo, salto base, vuelo de ultraligeros, parapente, ala delta y parasailing.

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