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El Gobierno pedirá al Supremo la paralización cautelar de real decreto

El presidente y el vicepresidente, Paulino Rivero y José Miguel Pérez, al inicio del Consejo de Gobierno. / ACFI PRESS

BEGOÑA AMEZUA | Santa Cruz de Tenerife

El Consejo de Gobierno, veinticuatro horas después de publicarse el real decreto que vuelve a autorizar a Repsol la realización de las prospecciones petrolíferas frente a las costas de Lanzarote y Fuerteventura, decidió recurrir esta norma en el Tribunal Supremo (TS) y solicitar paralelamente la suspensión cautelar del permiso hasta que el tribunal vea el fondo del asunto.

El portavoz del Ejecutivo, Martín Marrero, al término del Consejo, informó de la decisión de autorizar el ejercicio de las acciones judiciales contra el Real Decreto 547/2012, de 16 de marzo, por el que se convalida el del año 2001, anulado por el Supremo en el 2004. Además, el Ejecutivo acordó instar la “medida cautelar de suspensión de los efectos” del citado real decreto.

Según Marrero, con la convalidación “se degrada el grave defecto” apreciado por el TS en 2004, “al carácter de mero vicio formal susceptible de subsanación mediante la simple incorporación de las previsiones omitidas en el acto anulado”.

El Gobierno entiende que se utiliza “de forma inadecuada” el mecanismo de la convalidación, ya que el artículo 67 de la Ley de Régimen Jurídico y de Procedimiento Administrativo Común “lo refiere únicamente a los actos anulables y no a los actos anulados, tal y como es el caso”, pues ya existe un pronunciamiento judicial que anula el real decreto de 2001.

El Ejecutivo considera además que los documentos aportados de subsanación “evidencian el escaso interés que la prevención” de daños medioambientales, en las costas canarias, “dispensa el que fue titular de aquellos permisos, al no analizar en los mismos” las especialidades propias del fondo marino de las costas de Canarias.

Por otro lado, los años transcurridos desde que se otorgaron los primeros permisos de investigación en 2001, y desde que fue dictada la sentencia del Tribunal Supremo en 2004; ha transcurrido un periodo de ocho años, “en los que no ha habido ninguna” clase de actividad estatal en relación a este asunto.

Una situación que pone de manifiesto, agregó, “no solo la inexistencia real de interés público”, sino también un “grave desconocimiento” de la Ley del Sector de Hidrocarburos y la regulación en ella contenida sobre la vigencia y extinción de los permisos de investigación.

El Gobierno entiende que “se hacen revivir” permisos que “ya habrían caducado al haber transcurrido sobradamente los plazos máximos establecidos” para la realización de estas actividades.
Entre otras cuestiones, también consideró que el Gobierno estatal, al amparo de la convalidación, ha otorgado una “nueva autorización eludiendo el procedimiento legalmente establecido de adjudicación, al impedir la presentación de ofertas en competencia”.