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Anulado el embargo por una multa porque la DGT no buscó al dueño del vehículo

EFE | Madrid

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha anulado el embargo por una multa porque la DGT notificó la infracción en un domicilio antiguo y no hizo ninguna averiguación para encontrar el actual domicilio del propietario del vehículo, pese a que constaba en los archivos del Ministerio del Interior.

Según la sentencia, la DGT vulneró el derecho constitucional de defensa al acudir de forma automática al sistema de notificación por edictos a través de los boletines oficiales, una vez que no encontró al propietario del vehículo en un domicilio incorrecto.

De este modo, el TSJM da la razón a Automovilistas Europeos Asociados (AEA), titular del vehículo infractor, y anula el embargo de 374 euros ejecutado en sus cuentas.

La sentencia considera probado que la DGT se limitó a notificar la infracción en el domicilio que constaba en el Registro de Vehículos y que, al ser erróneo, publicó de forma automática los edictos en el boletín oficial, sin agotar los intentos para tratar de localizar por otros medios al propietario del vehículo.

De hecho, el fallo del TSJM destaca que en el registro de asociaciones del Ministerio del Interior, del que depende precisamente la DGT, constaba desde 2006 la dirección correcta de la asociación, pero Tráfico no consultó esta base de datos.

“Esta omisión supone, de acuerdo con reciente jurisprudencia del Tribunal Constitucional, que la Administración no se ajustó a derecho al acudir de forma automática tras esa notificación frustrada a la notificación por edictos”, señala.

La sentencia recuerda además que la Agencia Tributaria no tuvo después ninguna dificultad para localizar al propietario del vehículo a la hora de ejecutar el embargo por una infracción de tráfico que, paradójicamente, no había sido notificada por domicilio incorrecto.

El TSJM reproduce la doctrina constitucional que advierte de que la notificación por edicto constituye “un remedio último de carácter supletorio y excepcional” y que, incluso en los casos en que resulte frustrada en el domicilio que figure en el Registro de Vehículos, la administración sancionadora debe intentar ésta en el domicilio social.

Según el presidente de Automovilistas Europeos Asociados, Mario Arnaldo, una de cada tres multas que se han impuesto en los cuatro últimos años han sido notificadas mediante edictos lo que supondría, a su juicio, “una vulneración sistemática del derecho constitucional a la defensa de unos cinco millones de automovilistas”.