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Fred. Olsen, obligado a disponer un local para Intersindical Canaria e indemnizarle con 6.000 euros

EFE | Las Palmas

El Tribunal Supremo (TS) ha condenado a la naviera Fred Olsen a poner a disposición de la sección de Intersindical Canaria un local de la empresa donde pueda desarrollar su actividad y también a pagarle una indemnización de 6.000 euros por no haberlo hecho hasta ahora.

El TS revoca así una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) favorable a Fred Olsen, en la que la Sala de Social defendía la tesis de que el derecho de los sindicatos a disponer de un local en las empresas con más 250 trabajadores no era incondicional, sino sujeto a que “sus características lo permitan”.

El TSJC entendió que, en este caso, Fred Olsen había obrado dentro de los márgenes que le concede la Ley de Libertad Sindical. Su Sala de Social recordaba, en este sentido, que ni el propio comité de empresa de la naviera ni ninguna otra sección sindical disponía de un local propio en instalaciones de la compañía.

En cambio, el Supremo sostiene que “el que el comité de empresa (de Fred Olsen) no haya solicitado local o no se lo hayan otorgado, no enerva el derecho del sindicato demandante, como tampoco lo elimina el dato de que otras secciones sindicales carezcan, asimismo, de local con cargo en la empresa”.

El Alto Tribunal considera que Fred Olsen no ha probado que tenga una imposibilidad “real” de ofrecer a sus secciones sindicales un local en sus distintas instalaciones en Canarias, por lo que estima la solicitud de Intersindical.

Sin embargo, discrepa del daño que Intersindical decía haber sufrido por no disponer de ese local y solo le concede una compensación de 6.000 euros (la sexta parte de lo que solicitaba: 35.000 euros).

El TS corrige además al TSJC en otro aspecto de su sentencia, el que imponía a Intersindical Canaria una sanción de 200 euros por considerar temerario su recurso, ya que pedía lo que ningún otro sindicato tenía hasta entonces en la empresa.

El Supremo retira esa sanción porque entiende que el recurso de Intersindical Canaria no era temerario, puesto que, de hecho, se han estimado finalmente parte de sus pretensiones.