TSJC desestima el recurso contra el Plan Especial del Canódromo de Las Palmas de Gran Canaria

EUROPA PRESS | Las Palmas de Gran Canaria

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha desestimado el recurso presentado por la Asociación de Vecinos ‘Ciudad Alta’  contra el Plan Especial del Canódromo de Las Palmas de Gran Canaria.

Mientras, sobre la decisión cabe recurso de casación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (TS), aunque sólo si el recurso pretende fundarse en infracción de normas de Derecho estatal o comunitario europeo que sea relevante y determinante del fallo recurrido, y siempre que hubieran sido invocadas oportunamente en el proceso o consideradas en esta sentencia.

Por su parte, el TSJC señaló que una de las magistradas se mostró disconforme con el criterio general de la sala, aunque ello no afectó a la resolución final.

Esta magistrada entendió que dicho plan constituiría una “desviación de poder” en el ejercicio de potestades administrativas para fines distintos de los fijados en el ordenamiento jurídico, “precisándose la demostración cumplida de la desviación del cauce jurídico, ético y moral por el órgano administrativo, que basó su actuación en fines distintos que los inspiradores de la norma”.

“Aplicando la doctrina jurisprudencial precedente en el caso examinado, se llega indefectiblemente a la conclusión de que la actuación del Ayuntamiento ha estado investida de manifiesta desviación de poder, acomodando la referida actuación a fines distintos de los perseguidos por las normas de planeamiento”, señaló la magistrada que se mostró disconforme con la sentencia.

Pese a esta discrepancia, la Sala desestimó el recurso presentado por la asociación de vecinos, estableciendo así la legalidad del Plan Especial.