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La policía solo retendrá a personas sin identificar si cree que van a delinquir

EFE | Madrid

La Policía Nacional solo podrá trasladar a dependencias policiales a efectos de identificación -retención para identificación- a aquellas personas sin identificar y de las que “razonable y fundadamente” pueda presumirse que están “en disposición actual de cometer un ilícito penal”.

Así consta en una circular publicada hoy por el director general de la Policía, Ignacio Cosidó, a la que ha tenido acceso Efe, y que prohíbe el establecimiento de cupos de detención de inmigrantes irregulares o las redadas indiscriminadas “basadas únicamente en criterios étnicos”.

La orden especifica que las identificaciones de personas que infundan sospechas se realizarán de forma “proporcionada, respetuosa y del modo que menos incidencia genere en la esfera del individuo”.

Reitera también la prohibición de “actuaciones innecesarias, arbitrarias, abusivas” o que supongan una extralimitación de las facultades que el ordenamiento jurídico otorga a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

Además, resalta la improcedencia de trasladar a dependencias policiales a los ciudadanos extranjeros, cuya estancia irregular en España se constate tras su identificación, “siempre que se haya comprobado su identidad y justifique un domicilio”.

No obstante, autoriza el trasladado a comisaría de aquellas personas sin identificar de las que pueda presumirse que se hallan en disposición actual de cometer un delito o de aquellas que “hayan incurrido en una infracción administrativa”.

Asimismo, la “prevención” será el objetivo principal de los dispositivos policiales que se dirigirán a “erradicar las redes de inmigración ilegal y trata de personas”, así como a la expulsión de aquellos extranjeros en situación irregular sujetos a procedimientos penales.

La nueva instrucción, anunciada ayer por la Dirección General de la Policía, recoge las normas ya transmitidas por el comisario general de Extranjería y Fronteras tras las modificaciones legislativas introducidas en la Ley de Extranjería en 2000 y pretende “eliminar cualquier ambigüedad” o interpretación imprecisa.

El texto reconoce que una anterior circular del año 2010, dictada durante el gobierno socialista, suscitó “cierta confusión” que pudo derivar en “interpretaciones erróneas” de la norma.