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Condenado a seis años por apuñalar con un destornillador a un joven y dejarlo tetrapléjico

EUROPA PRESS | Sevilla

La Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a seis años de cárcel a un joven de 21 años por apuñalar con un destornillador de 15 centímetros de longitud en el cuello a otro joven que, a consecuencia de la agresión, quedó tetrapléjico y postrado en una silla de ruedas “de modo irreversible” y con un grado de discapacidad del 93 por ciento.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la Sección Primera de la Audiencia Provincial relata que los hechos tuvieron lugar el 27 de marzo de 2011 en Morón de la Frontera, cuando el acusado, A.G.C., se fue a buscar su vehículo acompañado por varios amigos después de estar en un ‘botellón’ y en una discoteca.

En el camino hacia su vehículo, junto a una pizzería, la víctima “atacó” a un amigo menor de edad del imputado y éste, entonces, se enzarzó en una pelea con la víctima durante la que sacó un destornillador que llevaba en el bolsillo y se lo clavó en el cuello, a la altura del lóbulo de la oreja izquierda, lugar que atravesó hasta introducirse en la zona cervical.

Tras ello, la víctima cayó al suelo, de donde no podía levantarse por sus propios medios . Así, no recibió el alta médica hasta el pasado 27 de enero, aunque ha de continuar tratamiento rehabilitador, ya que ha sufrido una tetraplesia grave con depresión y perjuicio estético y su situación es la de gran invalidez, ya que no puede valerse por sí mismo y precisa de la ayuda de terceras personas.

La pelea, “provocada” por la víctima

Según la Audiencia, el acusado “no tiene la intención de acabar con la vida” del joven “en el calor de la lucha cuerpo a cuerpo que ambos” mantuvieron, ya que la víctima presentaba un único pinchazo y, sin embargo, el acusado podría haberle propinado más de uno si hubiera querido matarle, aprovechando para ello que “estaba inerme y caído en el suelo, de donde no podía levantarse”.

Además, la Audiencia entiende que el enfrentamiento, “con toda probabilidad”, fue provocado por la víctima “con su actitud agresiva” hacia el grupo del procesado, “con insultos y expresiones despectivas”, por lo que el condenado “ni quiere ni busca la pelea, en la que se ve involucrado una vez que su amigo menor de edad ha sido atacado por el otro”.

“En estas condiciones, nada permite suponer un propósito de matar, de acabar con la vida del otro”, aunque “sí se aprecia el propósito de golpear, de herir, de vencer a su anagonista”, agrega la Audiencia Provincial, que descarta así un posible delito de homicidio en grado de tentativa y enmarca los hechos en un delito de lesiones, “teniendo en cuenta el gravísimo resultado” de la acción, “que acaba con una persona postrada en una silla de ruedas, en principio de modo irreversible”.

Por todo ello, la Audiencia condena a seis años de cárcel al acusado por un delito de lesiones con la atenuante parcial de reparación del daño, ya que el acusado consignó antes del juicio 12.000 euros a favor del joven, rechazando aplicar la atenuante de embriaguez o drogadicción, pues “no se ha probado que el acusado se encontrara en ninguno de estos dos patológicos estados”, sino que “estaba sobrio”.