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Asuntos Sociales, sin dinero para servicios funerarios

El servicio incluye el traslado hasta el cementerio municipal. | DA

NATALIA TORRES | Santa Cruz de Tenerife

La Ley de Bases de Régimen Local así como el Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria establecen la obligatoriedad de los ayuntamientos de cubrir los servicios funerarios tanto de las personas sin hogar como de aquellas con escasos recursos que no puedan hacer frente a estos gastos. En Santa Cruz de Tenerife, en lo que va de año, son 15 las defunciones de las que se ha tenido que hacer cargo el Ayuntamiento, una cifra que prácticamente ha agotado la partida presupuestaria con la que se contaba para este servicio y que ascendía a 14.800 euros. Así lo confirmó a este periódico el concejal responsable de Asuntos Sociales, José Manuel Arocha, quien explicó que “estamos obligados por ley a cubrir los gastos funerarios de las familias sin recursos y de las personas sin hogar y este año la ayuda se ha concedido a todos los que la han solicitado”.

El hecho de que el presupuesto esté prácticamente agotado se debe, según explica el edil de Asuntos Sociales, a que la partida en cuestión se presupuestó en función de los precios que las funerarias establecieron el año pasado (unos 300 euros por funeral) y del número de defunciones cubiertas el año pasado, unas 45, por lo que se estimó que, con 14.800 euros sería suficiente para pagar los gastos funerarios de los decesos que tuvieran lugar a lo largo de 2012.

“El problema ha sido -explica Arocha- que el precio por funeral se ha incrementado y de 300 que costaba el año pasado ha pasado a 600 euros, de ahí el desfase”. Para corregir la situación, el Ayuntamiento tiene previsto sacar un nuevo concurso negociado y con publicidad antes de que acabe el año para completar la partida presupuestaria.

La mayoría de las personas que han recurrido a esta ayuda ya estaban registradas como usuarios del IMAS. “Es un servicio que está funcionando bien a través de un protocolo establecido con las funerarias y mediante el cual se atiende rápidamente a las personas que lo solicitan e incluso desde el IMAS se proporciona apoyo psicológico, atendiendo de inmediato a las familias”.

Normativa capitalina

Las bases de este servicio municipal, con fecha de 2002, regulan la concesión de esta prestación otorgada por los servicios sociales del municipio. Así, establece las condiciones para hacer efectiva la obligación municipal de facilitar el féretro y transporte gratuito a los fallecidos indigentes y de todas aquellas personas sin recursos que lo soliciten, dentro del término municipal de Santa Cruz de Tenerife, una prestación que, según se señala en estas bases, tendrá un importe máximo de 350 euros.

En cuanto a los beneficiarios de los servicios funerarios con cargo al Ayuntamiento, especifica que se entenderá por fallecidos “indigentes”, aquellas personas que mueran, ya sea en centros sanitarios, domicilios, vía pública u otros lugares dentro del término municipal, como consecuencia de accidentes fortuitos, violencia o causas naturales, cuando su cadáver no sea reclamado por la familia o por alguna otra persona.

Las bases reguladoras también especifican las condiciones para las personas beneficiarias fallecidas en el término municipal, que aun siendo reclamadas por familiares, pueden acreditar la insuficiencia de medios económicos para cubrir este servicio mediante la documentación y los criterios habituales de valoración que son de aplicación para la concesión de la prestaciones económicas de asistencia social de la corporación municipal, atendiendo a las circunstancias particulares que concurran en cada caso.

Actuación integral

La prestación de Servicios Funerarios con cargo al Ayuntamiento de Santa Cruz, tal y como se recoge en la normativa, consistirán en facilitar el féretro y la conducción de los cadáveres desde el lugar de su defunción hasta el cementerio del municipio de Santa Cruz de Tenerife y, en su caso, si por decisión judicial fuera necesaria la práctica de la autopsia, desde el lugar en que se produjera el fallecimiento hasta el local en que se procederá a dicha operación y posteriormente hasta el cementerio de este municipio.