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Nueve meses de cárcel para un padre que dijo a su esposa que compartía lo hecho por Bretón

EFE | San Sebastián

Un hombre que amenazó a su esposa diciéndole que “compartía lo que había hecho el padre de los niños de Córdoba”, José Bretón, y que “era capaz de llevarse a sus hijos al otro lado” ha sido condenado a nueve meses de cárcel por un juzgado de San Sebastián como responsable de un delito de amenazas leves. Además, la sentencia también le impide aproximarse a su mujer y a sus hijos durante un período de tres años.

Según la sentencia del caso, a la que hoy ha tenido acceso EFE, los hechos ocurrieron el pasado 19 de abril, cuando el procesado mantuvo una conversación con el tío de su mujer en el transcurso de la cual hizo ambas afirmaciones que posteriormente el hombre puso en conocimiento de su sobrina.

Estos hechos son anteriores a que el juez que instruye la desaparición de los hermanos Ruth y José, ocurrida el 8 de octubre de 2011 en Córdoba, imputará a José Bretón, padre de los niños, dos delitos de asesinato con alevosía y la agravante de parentesco, después de que a finales del pasado agosto se descubriera la presencia de restos óseos humanos en una hoguera de la finca de “Las Quemadillas”.

La sentencia del juzgado donostiarra aclara que el encausado mantuvo otras dos conversaciones con el tío de su mujer, la primera de ellas el pasado 28 de abril, en el transcurso de la cual el imputado le dijo que “era capaz de rajarle el cuello” a su sobrina.

En la otra, fechada el 9 de mayo, el procesado señaló al pariente de su esposa que “estaba ahorrando para llevarse a sus hijos a la República Dominicana”.

La resolución explica que el tío puso todos estos hechos en conocimiento de su sobrina, lo que “produjo en la víctima una natural intimidación” ya que se sintió “amenazada como consecuencia de las expresiones proferidas por su esposo”.

El texto judicial mantiene que “de la conducta desplegada por el acusado” se deduce “el dolo específico consistente en ejercer presión sobre la víctima, atemorizándola y privándola de su tranquilidad y sosiego”.

No obstante no considera constitutivas de un delito de amenazas las afirmaciones del imputado de que era capaz de llevarse a sus hijos “al otro lado” y de que estaba ahorrando para llevárselos a la República Dominicana, ya que la sentencia aprecia que el hecho de abandonar el país junto a los niños sin el consentimiento de su esposa respondería a un delito de sustracción de menores y, como manifestó el imputado durante el juicio, también puede interpretarse como una intención de ir de vacaciones a este país latinoamericano.

Además de los nueve meses de cárcel impuestos al procesado, la sentencia también le impide aproximarse a su mujer y a sus hijos durante un período de tres años.