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Absuelto el vicepresidente palmero acusado de dos delitos ambientales

LUIS VIÑA Y JOSÉ IZQUIERDO
Luis Viña (izquierda) y José Izquierdo (derecha). | DA

TINERFE FUMERO | Santa Cruz de Tenerife

La Sección Sexta de la Audiencia provincial ha absuelto a dos antiguos responsables de la política medioambiental del Cabildo de La Palma y al empresario al que se le concedió el tratamiento de residuos en la finca de Mazo conocida como Hoya de la Higuera al entender que tal actuación no implicó riesgo alguno para el medio ambiente.

Esta decisión judicial, que adelanta hoy DIARIO DE AVISOS, es de especial importancia dado que problemática similar se produjo en el tratamiento de residuos en otras islas como La Gomera, además de que los dos políticos implicados, Luis Viña y José Izquierdo, ocupan hoy destacados puestos en la administración, dado que se trata del vicepresidente segundo del cabildo y del gerente del Hospital insular.

Los cargos que les imputaba la acusación eran graves, ya que se les solicitaban hasta cinco años y medio de prisión y otros siete de inhabilitación por la presunta comisión de un delito de prevaricación medioambiental y otro contra los recursos naturales y el medio ambiente que ahora el tribunal considera inexistentes.

Considera la sentencia que no se considera probado que las actividades de depósito y tratamientos de residuos se hicieran “con infracción de la legalidad ni que tuviera consecuencias medioambientales de la gravedad como para valorar las referidas actividades como constitutivas de delito contra los recursos naturales y el medio ambiente”, del que también acusaban al empresario, defendido por Noemí Melio (Iuriscan).

Para argumentar su posicionamiento, la extensa sentencia desgrana una a una las pruebas aportadas por la acusación, alguna de las cuales -el informe de la Agencia de Protección del Medio Ambiente y Natural, especialmente) resulta muy mal parada del análisis del tribunal. A juicio de los magistrados, no es que no se probase si hubo contaminación “ni siquiera indiciariamente, sino que lo que en realidad no se probó fue que esas posibles irregularidades en la gestión de los residuos tengan la potencialidad para afectar gravemente a los sistemas naturales”.

Por lo que respecta a la prevaricación medioambiental, acusación reservada para Viña e Izquierdo, apunta la sentencia que “si las instalaciones funcionaban con los trámites administrativos correspondientes en un terreno propiedad del Cabildo como zona de gestión de residuos (…); si [el empresario y su empresa] son gestores de residuos con actividad autorizada por la Comunidad (…); si estos piden autorización para tratar residuos y se les concede (…) y hay autorización desde el Cabildo (…) no parece que pudiera hablarse de informe favorable a la concesión manifiestamente ilegal”, se recoge en la resolución judicial.