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Ciencia, ¿entre rejas?

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VERÓNICA MARTÍN / AGENCIAS | Santa Cruz de Tenerife

¿Es posible pedirle a la ciencia exactitud? ¿Es posible condenar a un investigador por errar en una predicción? Esta semana estas preguntas están de plena actualidad. El pasado martes, un grupo de científicos italianos fue condenado a seis años de cárcel por homicidio involuntario al haber subestimado los riesgos del sismo ocurrido en L’ Aquila en 2009, una sentencia inédita, que genera polémicas en todo el mundo.

Entre los siete condenados figuran grandes nombres de la ciencia en Italia, como el profesor Enzo Boschi, quien presidió el Instituto Nacional de Geofísica y Vulcanología, y el subdirector de la Protección Civil, Bernardo De Bernardinis. El terremoto, que devastó la ciudad de L’Aquila, arrasando el casco histórico y dejando más de 80.000 damnificados, sigue siendo un trauma para todos los italianos y generó polémicas por las negligencias que contribuyeron a ese pesado balance. Durante el juicio, iniciado en septiembre, la fiscalía había pedido una pena menor, de cuatro años de cárcel, contra los siete miembros de la Comisión para los Grandes Riesgos, que se había reunido el 31 de marzo de 2009 en la ciudad de L’Aquila, seis días antes del sismo que provocó la muerte de más de 300 personas.

Ya muchos hablan de un peligroso antecedente jurídico. Luis Javier Capote, del Departamento de Disciplinas Jurídicas Básicas de la Universidad de La Laguna (ULL) explica que “en Italia, al igual que en España, la jurisprudencia no funciona por el sistema del precedente, pues las sentencias no tienen el valor de normas jurídicas sino que suponen la interpretación y aplicación de la misma”.

Por lo tanto, esta sentencia en sí no sería trasladable a otras situaciones. Sin embargo, aclara que “aunque no exista ese precedente, los profesionales del ámbito judicial están al tanto de lo que dicen los altos tribunales y por las semejanzas entre nuestro Derecho y el italiano es seguro que ya se ha tomado nota”.

Eso sí, hay que recordar que más cerca de nosotros ya ha habido situaciones similares como la solicitud de responsabilidades (aunque no llegara al ámbito penal) con respecto a otros fenómenos de la naturaleza de producción o envergadura que no es fácil de predecir como lluvias torrenciales (al estilo del 31-M) o tormentas tropicales (como la del Delta).

El jurista explica que, en estos casos, “los perjuicios suelen ser de índole económica y las demandas van tanto contra administraciones públicas como contra empresas más o menos privadas, pero los conceptos que se manejan son siempre los mismos: existencia de un riesgo, posibilidad de preverlo, posibilidad de evitarlo o, al menos, de evitar la producción de males mayores, grado de diligencia empleado por quien tenía la capacidad de prever o alertar”.

Las leyes españolas ya reproducen ejemplos de lo que se puede llamar “objetivación de la responsabilidad o teoría del riesgo”, insiste Capote, quien asevera que “en la idea tradicional, la responsabilidad por la producción de los daños debía presuponer la conciencia de provocar el daño (y el deseo de hacerlo) o la negligencia que desencadenaba el mismo”. Las nuevas tecnologías han cambiado mucho ese concepto y ya se habla de si se han puesto todos los medios necesarios o si la persona al cargo tenía la formación suficiente.

Ante la pregunta de si la ley puede pedir precisión a la ciencia, la respuesta del experto es que “las leyes no pueden pedir una precisión que la ciencia no puede dar cuando no puede darla. Puede pedírsela a la prueba del PCR en los casos de cotejo del ADN, porque el grado de fiabilidad es casi total. En el caso de las fuerzas de la naturaleza lo que se pide es una estimación de riesgo” -afirma Capote- y añade: “¿Puede pasar? y si pasa, ¿en qué grado de intensidad? Lo que se planteaba en el juicio era si las personas responsables hicieron una interpretación adecuada de los indicios previos al gran terremoto, si este era imprevisible en cuanto a su intensidad o no. El hecho de que hubiera resultado de muerte añade al caso la vertiente penal que ha considerado que los condenados actuaron negligentemente”.

Muchos científicos ya han anunciado que se negarán a participar en comités de expertos. La justicia considera que las autoridades científicas divulgaron informaciones tranquilizadoras a la población, que en caso contrario hubiera podido tomar medidas para protegerse. ¿Habrá más?