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Libertad para el exchófer de Guerrero, en prisión desde marzo por los ERE

EUROPA PRESS | Sevilla

La Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Sevilla ha decidido este lunes dejar en libertad sin fianza a Juan Francisco Trujillo, exchófer del que fuera director general de Trabajo y Seguridad Social de la Junta Francisco Javier Guerrero e imputado en la causa de los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos, hechos por los que se encontraba en prisión desde el pasado mes de marzo.

Así lo recoge un auto dictado por la Audiencia Provincial, que ya ha sido notificado a la cárcel de Morón de la Frontera (Sevilla), después de que la Fiscalía Anticorrupción expresase el pasado jueves su oposición a la petición de libertad sin fianza planteada por la defensa de Trujillo ante “la posibilidad de que existan bienes” para poder hacer frente a la fianza de 75.000 euros que le fue impuesta por la juez Mercedes Alaya.

En el auto, al que ha tenido acceso Europa Press, la Audiencia Provincial muestra su acuerdo por lo argumentado por el abogado del exchófer y señala que “cabe apreciar cierto agravio comparativo” entre la situación personal de Trujillo y la de otros imputados en la causa, todo ello en base a las imputaciones “fácticas pormenorizadamente descritas” en los autos sobre prisión y sobre determinación de responsabilidades pecuniarias dictados por la juez Alaya.

Así, y según las imputaciones realizadas por la juez, “empresas administradas por otros implicados habrían sido beneficiarias de ayudas directas y sociolaborales presuntamente ilícitas por cuantías similares o incluso superiores” a las recibidas por el exchófer, pero “sin que ello haya motivado su ingreso en prisión preventiva y sin perjuicio de la adopción de las medidas cautelares necesarias para garantizar la eventual reparación de los perjuicios económicos que hayan podido ocasionar sus respectivas conductas”.

No obstante, la Audiencia comienza el auto señalando que, en el momento actual, “subsisten los presupuestos de carácter objetivo que justificaron la adopción de la prisión provisional”, pues “los indicios racionales de criminalidad apreciados en su conducta no han quedado desvirtuados por el resultado de nuevas diligencias instructorias, como ni siquiera la defensa ha alegado en su recurso”.

“Sin embargo”, casi siete meses después de su privación cautelar de libertad, “las circunstancias personales del imputado y procesales de la causa han variado sustancialmente”, ya que, respecto a las primeras, “y pese al tiempo transcurrido desde su ingreso en prisión, sigue sin disponerse de información suficiente sobre el patrimonio” de Trujillo, que llegó a confesar, entre otras cosas, que gastó 25.000 euros mensuales procedentes de ayudas públicas en comprar cocaína.

FIANZA “INASEQUIBLE” PARA EL IMPUTADO

Al hilo de ello, asevera que, “habiéndose acordado medidas para el aseguramiento de los 2,3 millones en que la magistrada ha calculado las eventuales responsabilidades pecuniarias del imputado, aún se está a la espera de que el Servicio de Índices del Registro de la Propiedad informe respecto a su titularidad sobre bienes inmuebles, sin que se le hayan localizado bienes de distinta naturaleza susceptibles de embargo”.

“En tales condiciones, y visto que cuatro meses después de ofrecerle la posibilidad de eludir la prisión mediante la prestación de fianza, Trujillo no ha podido depositar los 150.000 euros que le impuso este tribunal ni los 75.000 euros a que la juez instructora redujo después tal garantía”, por lo que, según la Audiencia, “cabe presumir razonablemente que dichas cantidades resultan inasequibles para el imputado, vedándole la posibilidad de acceder a la libertad provisional”.

En cuanto a las circunstancias procesales, señala que “tampoco puede ignorarse que Trujillo ya ha permanecido siete meses en prisión preventiva, sin que, por lo que a él respecta, se hayan practicado nuevas diligencias probatorias que representen un cambio sustantivo de su situación procesal, ni se observen visos de una pronta finalización de la instrucción”, lo cual “adquiere una especial relevancia desde la perspectiva de la doctrina del Tribunal Constitucional”.

RETIRADA DE DNI Y PASAPORTE

Por todo ello, “el mantenimiento de la prisión preventiva de Trujillo no satisface actualmente el canon de proporcionalidad, razonabilidad, excepcionalidad y subsidiariedad que exige la doctrina constitucional”, agrega la Audiencia, que acuerda, como medidas complementarias, retirarle el DNI y el pasaporte a fin de garantizar que no abandona España; la designación de domicilio fijo y la asunción de la obligación de presentarse en el Juzgado de Instrucción de su localidad los lunes y miércoles.

Estas medidas “se consideran suficientes para asegurar la disposición del imputado al proceso y para limitar sus posibilidades de sustracción a la acción de la Justicia”, dice la Audiencia, que con su decisión posibilitará que el imputado pueda abandonar la cárcel en las próximas horas.

En una vista celebrada el pasado jueves, la Fiscalía Anticorrupción y el letrado de la Junta de Andalucía se opusieron a dejar en libertad sin fianza al imputado, mientras que el abogado de éste, Antonio Aguilar, argumentó que su cliente “carece” de bienes para abonar la fianza impuesta por la juez; su familia es “humilde” y su círculo de amigos “carece de capacidad económica para prestarle ayuda”, a lo que se suma que lleva ya casi siete meses interno en la cárcel.

GUERRERO, EL ÚNICO IMPUTADO QUE SIGUE EN PRISIÓN

Una vez Trujillo salga de la cárcel, y después de que el exconsejero de Empleo Antonio Fernández abonara el pasado mes de agosto los 450.000 euros de fianza, sólo permanecerá en prisión el exdirector general de Trabajo y Seguridad Social Francisco Javier Guerrero, a quien el juez de refuerzo, Iván Escalera, le rebajó recientemente la fianza a 150.000 euros, cantidad que sigue sin poder reunir y que ha motivado que su abogado haya recurrido la decisión ante el propio Juzgado.