REFORMA LABORAL > NUEVO REGLAMENTO DE LOS CESES COLECTIVOS

Llega el temido ERE municipal

Empleados adminstracion pública Canarias
Imagen de archivo de varios empleados en una oficina de la administración pública de la Comunidad Autónoma. / DA

MARÍA FRESNO | Santa Cruz de Tenerife

Los empleados públicos se encuentran en el punto de mira del Gobierno. No solo se han tenido que adaptar, como la totalidad de la sociedad española, a los ajustes del Ejecutivo (reducción del 5% del sueldo y supresión de la paga extra de Navidad) sino que ahora su situación laboral ya no es tan ventajosa.

Dada la caída brutal del empleo en el sector privado, el Ejecutivo se ha dado cuenta de que sobran empleados gubernativos y la mejor manera de reducir la plantilla de las administraciones públicas, que sobrepasa los tres millones de trabajadores, es a través de los despidos colectivos. Una fórmula que hasta el día de hoy era inviable en el sector público y que, ahora, el Ministerio que dirige Fátima Báñez, ha activado.

Con esta nueva norma las administraciones y organismos públicos podrán acogerse, al igual que el 100% de las empresas privadas, al procedimiento de despido colectivo por causas económicas (con indemnizaciones de 20 días por año trabajado) cuando se produzca una situación de insuficiencia presupuestaria “sobrevenida y persistente” para la financiación de los servicios propios.

Sin embargo, para que se dé esta situación de insuficiencia presupuestaria se precisan tres supuestos: que la administración pública en cuestión haya cerrado el ejercicio anterior con déficit en sus cuentas públicas; que los créditos o transferencias a dicho organismo público bajen el 5% en un año o el 7% en dos; y que el presupuesto de la entidad se reduzca en la misma proporción.

En estos momentos, y teniendo en cuenta los datos de la liquidación presupuestaria de 2011 (los de este año aún no están cerrados), cabe la posibilidad de que 25 de los 31 ayuntamientos de la Isla se acojan a este reglamento y despidan a personal laboral. Otra cosa es que lo hagan, pero legalmente está autorizados.

De hecho, los sindicatos ya hablan de unos 18.000 empleados públicos que podrían verse en la calle si se aplica dicha normativa en las Islas.

Según los datos de liquidación presupuestaria de las entidades locales correspondientes a 2011 facilitados por el Ministerio de Hacienda, tan solo San Miguel de Abona, Santa Cruz de Tenerife, El Sauzal, Tegueste, Garachico y Los Realejos acabaron el año con superávit, con lo cual, por esta vía no podrían aplicar dicha normativa. No obstante, hay que tener en cuenta que el decreto deja en manos de la administración pública dos opciones más.

El resto de las corporaciones locales de la Isla, incluido el Cabildo de Tenerife, cerró el año 2011 con un desfase presupuestario. En el caso de la Corporación insular este llegó al 17%, aunque no es el caso más alto. Arafo, con un presupuesto de 6.055.803 euros, cerró el año con un déficit en sus cuentas de 1.407.276 euros. Fasnia, con el 25%, Guía de Isora (26%), Güímar (22%), Icod de los Vinos (20%) y La Matanza (25%) cerraron el año superando el 20% de déficit, mientras que municipios como Arico (6,6%), Adeje (8,2%), Arona (2,8%), Buenavista del Norte (3,9%), Granadilla (7,2%) y Vilaflor (6,2%) zanjaron el año con un desfase menor al 10%.

Los ayuntamientos de La Laguna (1,2%), La Orotava (0,37%) y Tacoronte (1,3%), en cambio, fueron los que con menor déficit cerraron sus cuentas y por tanto, son menos susceptibles de sumarse a la iniciativa del Gobierno central.

No obstante, por el momento, ningún ayuntamiento de la Isla, ni siquiera el Cabildo insular ni el Ejecutivo quieren optar por estas medidas y prefieren acudir a la reestructuración, jubilación o movilidad del personal antes que al despido. Cierto es que este reglamento no obliga a las corporaciones locales y entidades públicas a despedir empleados, pero sí es la primera vez que el personal laboral de una administración pública se ve amenazado.

El reglamento incluye tres garantías en comparación con el sector privado: para poder aplicar dicha normativa será necesario un informe previo vinculante del órgano competente en materia de función pública y, cuando se trate de causas económicas, la documentación exigida también será más rigurosa, incluyendo los presupuestos del organismo en cuestión. Esta norma, en vigor desde el miércoles, deja abierto el debate sobre las rescisiones de contratos entre los empleados públicos, teniendo en cuenta que cerca del 60% del conjunto del personal laboral se dedica a la Educación, Sanidad o Justicia, los pilares básicos de cualquier estado moderno.

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Los funcionarios se quedan a salvo

En todo este procedimiento los funcionarios son los únicos que quedan exentos de este reglamento. Según explicó a este diario el experto en función pública y funcionario de carrera, Pedro Lasso, los empleados públicos se dividen en: funcionarios y personal laboral. Los primeros, por así decirlo, “son intocables”. Se rigen por la Ley de Función Pública y acceden a su puesto vía oposición. En este sentido, dicho reglamento no les afectaría.

Junto a ellos están los funcionarios interinos, que son aquellos que llevan “años y años” ocupando una plaza que no es suya porque el Ayuntamiento o la entidad pública en cuestión no ha sacado las oposiciones. Estos pueden verse afectados por esta normativa, basta con que la Administración no dote presupuestariamente la plaza, con lo que el puesto quedaría vacante.

Detrás de los funcionarios se encuentra el personal laboral, donde se incluye la mayor parte de sanitarios y profesores. Estos no se rigen por la Ley de Función Pública sino por el Estatuto de los Trabajadores, con lo cual, son los más susceptibles de afectarle la nueva normativa del Gobierno.

A su vez, el personal laboral se divide en fijo, que ha sacado su puesto a través de un examen, integrado por licenciados, pero que se rigen por el Estatuto, con lo cual su situación laboral es como la de cualquier trabajador de la empresa privada. “Tienen un tope, no pueden ser jefes de nada”.

Al lado está el personal interino y eventual. “Ambos son carne de cañón” y los más afectados por la nueva situación de la administración pública.

Los primeros “son los eternos sustitutos” y los segundos son aquellos que han sido colocados en ese puesto “a dedo” porque está vinculado, normalmente, “a la decisión de un cargo público”. “Cuando este cesa automáticamente ese puesto desaparece y el empleado también”, señala Lasso.

En este sentido, y según explicó ya el ministerio, la norma recaerá sobre el colectivo conocido como personal laboral contratado, unos 700.000 en toda España, así como los asalariados de empresas con más del 50% del capital público, un grupo de unos 140.000 trabajadores. En un ranking será el personal laboral eventual e interino el primero en salir. Por el momento, los funcionarios están a salvo.

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