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El Supremo confirma la pena de 30 años a “cabeza de cerdo” por prostitución y aborto

EFE | Madrid

El Tribunal Supremo ha confirmado la pena a 30 años de cárcel que le impuso la Audiencia Provincial de Madrid al rumano Ioan Clamparu, alias “Cabeza de cerdo”, por cinco delitos de inducción a la prostitución a jóvenes compatriotas en la Casa de Campo, entre ellas una menor de edad, a la que obligó a abortar.

La confirmación de esta condena se produce al rechazar la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) en un auto la admisión del recurso contra la sentencia de la Audiencia de Madrid, que le condenó también a indemnizar por daños morales a tres testigos protegidas con 12.020 euros y a la menor, de nombre falso “Andrea”, con 30.506 euros.

Clamparu alegaba en su recurso que no existía prueba de cargo suficiente contra él “para acreditar la existencia del delito de aborto ni de determinación a la prostitución” y cuestionaba la veracidad del testimonio de la joven a la que obligó a abortar.

Según el Supremo, “no se ha producido la lesión del derecho a la presunción de inocencia porque el tribunal de instancia ha valorado y ponderado racionalmente las pruebas practicadas” para afirmar que “Andrea” “estaba obligada junto al resto de sus compañeras a ejercer la prostitución”.

También cree que la Audiencia de Madrid tiene suficientes pruebas que demuestran que obtuvo su consentimiento para abortar “con amenazas de acabar con su vida” para “no cesar de explotarla en el ejercicio de la prostitución”.

“En definitiva, sólo una conclusión arbitraria o irracional podría generar la censura casacional de la prueba de cargo”, lo que “no sucede” en este caso, ya que la Audiencia de Madrid “razona suficientemente en la sentencia los motivos por los que otorga verosimilitud” a las declaraciones de los testigos.

La Audiencia consideró probado que “cabeza de cerdo”, actuando de común acuerdo con otras personas, consiguió durante el año 2000 que un número no concretado de mujeres de su país viajasen a España con la promesa de trabajar en hostelería o en el servicio doméstico y concertando con otras que trabajarían en la prostitución.

Sin embargo, una vez que llegaban a España les decían que habían contraído una deuda importante con la organización y que debían trabajar ejerciendo la prostitución y entregar la totalidad del dinero hasta saldarla.

Para doblegar la voluntad de las mujeres, se valían de amenazas y agresiones físicas, les retiraban su documentación personal, proporcionándoles otra falsa, las mantenían hospedadas en pisos donde eran controladas día y noche para evitar su fuga y vigilaban estrechamente sus movimientos.

Clamparu dirigía a un grupo de personas, que actuaban unas en España y otras en Rumanía, distribuía a las mujeres entre ellos con el fin de que las controlasen y recaudasen sus ingresos, les indicaba los lugares donde debían ejercer la prostitución y se reunía periódicamente con ellos para gestionar el trabajo de las mujeres y que le rindieran cuentas sobre lo recaudado.

En octubre de 2000, “Andrea”, cuando tenía 17 años y se encontraba embarazada, entró en contacto con una persona en Rumanía que le ofreció venir a España a trabajar en la hostelería.

A su llegada, fue trasladada a un piso de Madrid, donde se le informó de que debía ejercer la prostitución para saldar la deuda que había contraído por su viaje a España, por lo que le fue retirada la documentación y estuvo vigilaba en todo momento.

Cuando días más tarde, Clamparu supo que estaba embarazada le exigió que abortara, diciéndole que, de lo contrario, la mataría porque no podría seguir ejerciendo la prostitución y, ante la oposición de la chica, la agredió físicamente.

Por orden de Clamparu, “Andrea” fue acompañada a la Clínica “El Bosque” para practicarla el aborto -con una gestación de cinco semanas- y se identificó con documentación rumana que ocultaba su minoría de edad.