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Absuelto tras 7 días de cárcel y 2 años acusado de maltrato

TINERFE FUMERO | Santa Cruz de Tenerife

Un varón de nacionalidad alemana ha sido recientemente absuelto de las acusaciones de maltrato que sobre él pesaban desde hace más de dos años y que en su día le costaron pasar una semana en un calabozo, según se refleja en la documentación jurídica que obra en poder de este periódico.

Tanto una juez de La Palma, Isla en la que tuvieron lugar los hechos, como la propia Audiencia provincial han rechazado en sendas sentencias el contenido de la denuncia presentada contra el afectado, de nombre Thomas y defendido por el letrado Ignacio Pastor. Ésta la interpone su mujer, y surge tras sembrarse en su ánimo la sospecha de una supuesta infidelidad.

Cabe apuntar que tanto la Fiscalía como la acusación particular que actuaba en el proceso en nombre de la mujer pedían para Thomas un total de cuatro años de prisión por la comisión de presuntos delitos relacionados con el maltrato familiar y que se recogen en el artículo 173.2 y del 151 (apartados 1 y 3) del Código Penal, así como las penas aparejadas, tales como prohibición de acercarse, de sufragio pasivo o de tenencia de armas, entre otras. Finalmente, la única condena para el hombre fue la mínima prevista como autor de una falta (un total de 60 euros de multa) dado que el acusado insultó gravemente a los policías locales de Mazo que lo arrestaron en plena calle, aunque posteriormente se disculpara con los mismos. Aunque la titular del Juzgado de lo Penal número 7 de Santa Cruz de La Palma ya aclara en sus fundamentos jurídicos que “los hechos expuestos en los escritos de la acusación no pueden considerarse debidamente acreditados pues sólo se sustentan en las declaraciones de la denunciante, las cuales no reúnen los requisitos exigidos por la jurisprudencia para, por sí solas, desvirtuar la presunción de inocencia que ampara al acusado”, resulta de especial interés el apartado dedicado a uno de esos requisitos jurisprudenciales: el de la persistencia en la incriminación. Así, la juez da por sentado que la demandante “no efectúa el mismo relato en las diversas instancias sino que en cada una ofrece una versión más grave de lo acontecido”. De tal modo que la denunciante, a la hora de narrar el supuesto maltrato habitual por parte de Thomas, refiere cuatro incidentes tanto en su declaración policial como en diligencias previas: lanzamiento de botella, lanzamiento de tijeras que no le alcanzó, zarandeo y puñetazo en clavícula y patada en la pierna.

Con posterioridad, en el informe pericial ya añade castigos cada vez que se enfadaba, bofetadas en la cara ocasionales y puñetazos en el muslo, así como que le obligaba a mantener relaciones sexuales forzadas.
Por último, en la vista oral añade aún más golpes con una toalla en nuca y espalda, prácticas sexuales vejatorias para ella, así como una mayor violencia de dos episodios relatados antes.

Sin embargo, cabe apuntar que la titular del juzgado, si bien absuelve al entender que no hay pruebas de la acusación, tampoco entiende, como defiende Thomas en todo momento, que la denuncia sea falsa.