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Cinco años por matar a su padre con una azada defendiendo a su madre, con petición de indulto

EFE | Las Palmas

La Audiencia de Las Palmas ha impuesto cinco años de cárcel para un hombre que mató a su padre tras ver que éste golpeaba a su madre en la cabeza con un afiliador de cuchillos, en una sentencia que recoge la recomendación del tribunal, el Jurado y la Fiscalía para que reciba el indulto.

Esos hechos ocurrieron el 25 de septiembre de 2011 en un barrio de Santa Brígida, cuando el acusado, Marcos S.S., presenció cómo, “sin mediar palabra y sin motivo alguno”, su padre, Andrés S.A., arrojaba un afilador de cuchillos a la cabeza a su madre, que comenzó a gritar “que me mata, que me mata”, mientras sangraba.

El procesado reaccionó a ese ataque a su madre cogiendo un palo y un martillo y golpeando con ellos a su progenitor repetidamente, hasta dejarlo sin conocimiento sobre el suelo, donde lo remató con varios golpes de azada en el cuello y el pecho.

El Jurado que juzgó los hechos consideró probado que Marcos S.S. cometió ese crimen preso de un enajenación transitoria, impulsado por los malos tratos a los que su padre sometía a su madre de continuo, creando en la familia “una situación crónica de terror”.

Escuchado ese veredicto, el fiscal del caso propuso que el acusado fuera condenado por esos hechos a diez años de cárcel por asesinato, aunque también expresó su apoyo a la solicitud de indulto formulada expresamente por los ciudadanos que componían el tribunal.

La sentencia, hecha pública hoy, reconoce a Marcos S.S. las atenuantes de haber matado a su padre en un arrebato de ira, provocado por una grave “perturbación anímica”, y de haber confesado el crimen de inmediato a las autoridades, pero también subraya que su reacción al ataque sufrido por su madre fue “desproporcionada”.

“La víctima no solo no era un ciudadano ejemplar, ni mucho menos, sino que todo apunta a que era una persona violenta y conflictiva, tanto familiar como socialmente, que no gozaba precisamente del aprecio de la comunidad, todo lo contrario que el acusado, pero ello no debe influir en la individualización de la pena que su ataque debe merecer”, razona al magistrado ponente, Miguel Ángel Parramón.

La Audiencia impone al procesado una pena muy cercana a la mínima legal prevista para un asesinato -así lo reconoce expresamente la sentencia- y le condena a cinco años de prisión, la mitad de lo que había recomendado el Ministerio Fiscal.

“Aunque la muerte del fallecido es merecedora del más enérgico reproche desde el fin de prevención general de la norma, la respuesta penal individualizada para el acusado viene condicionada por ese transtorno transitorio tan especialmente intenso que padeció”, se argumenta en la resolución.

El magistrado ponente se adhiere además a la solicitud de indulto formulada por el Jurado y acuerda que se tramite la petición correspondiente al Ministerio de Justicia en cuanto la condena sea firme.