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Novedades Tributarias (I) – Por Marta Gómez Toledo*

   

En el presente año han entrado en vigor una serie de novedades tributarias de aplicación con especial trascendencia. Entre ellas, destacan una serie de medidas que afectan a la tributación en el Impuesto sobre la Renta de las Personas físicas (IRPF) como lo es, en primer lugar, la desaparición de la deducción por inversión de vivienda habitual para las viviendas adquiridas desde el 1 de enero de 2013, aunque las viviendas adquiridas con anterioridad a esta fecha mantienen el derecho a deducción mediante el establecimiento de un régimen transitorio. Igualmente en cuanto a la vivienda ya no se puede aplicar la deducción por obras de mejora desde el 31 de diciembre de 2012.

Es una medida destacable que se sujetan al IRPF los premios de las loterías del Estado, Comunidades Autónomas, ONCE, Cruz Roja y entidades análogas de carácter europeo al tipo de 20%, quedando los primeros 2.500 euros del premio exonerados de tributación.

No obstante, hay que tener en cuenta que si la cuantía del billete de lotería es inferior a un euro, la cuantía máxima exenta de 2.500 euros se reducirá de forma proporcional (es decir, si la participación fue de 50 céntimos, el importe del premio exento es de 1.250 euros), e igualmente si el premio es compartido la cuantía exenta se prorratea en función de la cuota de titularidad. Este 20% se devengará en el momento de percepción del premio mediante la retención o ingreso a cuenta. Destaca, igualmente, que durante el ejercicio 2013 se mantiene en el 21% el porcentaje de retención aplicable a los rendimientos de actividades profesionales y a los rendimientos del trabajo derivados de impartir cursos, conferencias, etcétera. Este porcentaje se rebajará al 19% a partir del 1 de enero de 2014.

Se prorroga durante el año 2013 una reducción por el mantenimiento o creación de empleo que se sitúa en el 10% del rendimiento neto de actividades económicas.

*GÓMEZ TOLEDO ABOGADOS-HISPAJURIS ÁREA DE Derecho mercantil
www.gomeztoledoabogados.com