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Cerco fiscal al extranjero

EXTRANJEROS CANARIAS FISCALIDAD
Varios extranjeros disfrutan de un rato de ocio en una cafetería en el centro de Santa Cruz. / DA

MARÍA FRESNO – KARL MCLAUGHLIN | Santa Cruz de Tenerife

Hacienda continúa con su particular batalla para dar caza al defraudador. En esta ocasión pone énfasis en los bienes en el exterior, tanto de los españoles como de los foráneos que residan, al menos 183 días al año, en España y que conservan sus propiedades en su país de origen, con independencia de que esta adquisición se produjera cuando no vivían en España.

El próximo 30 de abril, según contempla la ambiciosa ley anti fraude aprobada a finales del año pasado, culmina el plazo para presentar la “declaración informativa” de estos bienes, lo que afectará a cientos de extranjeros que nada tienen que ver con los adinerados contribuyentes que tienen cuentas en Suiza, por ejemplo, sino con foráneos que, o bien tienen un empleo aquí, o bien decidieron pasar su jubilación en las Islas.

Según contempla la norma, tienen la obligación de declarar las personas físicas y empresas cuyos bienes en el extranjero (rentas, seguros, inmuebles, depósitos y acciones) superen los 50.000 euros. Para ello, Hacienda ha creado un nuevo formulario (720) y cuantiosas multas de 5.000 euros por cada conjunto de datos omitidos o falseados, con un mínimo de 10.000 euros.

Son muchos los inmigrantes con rentas medias que se están viendo obligados a presentar esta declaración en España y en Canarias, donde solo la colonia británica llega a las 80.000 personas. Esta medida ha provocado que el asesor financiero y fiscal en Canarias del bufete Blevins Franks International Tax and Wealth Management reciba, desde hace meses, más de 15 consultas diarias sobre este asunto.

En opinión de los técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha), esta medida reducirá “una parte significativa” del fraude, especialmente por las duras sanciones que aplica Hacienda, ya que si no se ha informado de esos bienes, la multa puede alcanzar el 150% de la cuota correspondiente al importe de esa ganancia patrimonial no justificada.

Si bien desde este colectivo califican de “excesiva” la sanción mínima ya que no distingue entre pequeñas y grandes fortunas situadas en el extranjero, consideran también que esta medida no debe verse como un “ataque fiscal” a los extranjeros que residen en España, ya que la obligación de informar y las multas es para todos los residentes, sean nacionales o extranjeros.

Para no incurrir en estas duras sanciones y crear un “malestar” entre los residentes extranjeros, el Gobierno debe hacer un “esfuerzo” mayor en la labor de informar de esta obligación. Además, recordaron que hay convenios con varios países europeos para el intercambio de información fiscal y comprobar quién ha declarado y quién no.

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BIENES POR MÁS DE 50.000 EUROS

Obligados a declarar. Afecta a tres grupos de bienes: cuentas en bancos extranjeros, inmuebles y valores, derechos o seguros, y a todos los contribuyentes del IRPF español con propiedades fuera o extranjeros con propiedades en el exterior. El importe de estos bienes debe superar los 50.000 euros aplicados individualmente. Es decir, si un contribuyente tiene 40.000 euros en una cuenta en un banco en Suiza y un local en Dinamarca por 45.000 euros, no tiene la obligación de declarar, pero si tiene los 40.000 euros en Suiza y otros 20.000 en un banco de Alemania, se suman (60.000) y sí deberá declarar.

En euros. Todos los bienes y rentas que se incluyan en el modelo 720 se apuntarán en euros. Los que tengan cuentas en dólares o francos suizos deberán hacer la conversión de moneda.

Modelo 720. La declaración se hará a través del modelo 720 que solo se realiza por Internet, con lo cual el contribuyente tendrá que disponer de DNI electrónico. Este año el plazo culmina el próximo 30 de abril. A partir de 2014, el plazo estará entre el 1 de enero y el 31 de marzo con los datos referidos al año anterior, pero solo en el caso en el que su patrimonio experimente un incremento de 20.000 euros.

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Muchos británicos ya han reducido su estancia de residencia fiscal en la Isla

Las consecuencias de esta medida ya se están haciendo notar. Paul Montague, asesor financiero y fiscal en Canarias del bufete Blevins Franks International Tax and Wealth Management señaló que “ya son muchos los británicos y extranjeros de otros países que han decidido pasar menos tiempo en Tenerife, es decir, por debajo de los 183 días que determina la residencia fiscal. “Con lo cual, el consumo en las zonas turísticas comenzará a resentirse”.

Montague reconoció que existe mucha “preocupación” por esta obligación, sobre todo porque “ya pagan impuestos en Gran Bretaña por los mismos conceptos”. “Creemos que Hacienda está metiendo miedo en el cuerpo para que los extranjeros les sirvan en bandeja todos sus datos financieros”. Paul Montague afirma, además, que el modelo 720 plantea “problemas, ya que no todas las personas recuerdan la fecha exacta de apertura de su cuenta bancaria”. “Tengo una cliente que abrió su cuenta en 1947, cuando tenía 16 años, y tiene que consignar la fecha de apertura en el formulario. Ni el banco lo sabe. Algunos han tenido que ir a Gran Bretaña a buscar escrituras, algunos hasta no duermen porque tienen miedo de cometer algún error y que los multen. Se ha hecho muy precipitado y, de momento, solo se trata de una declaración, pero no sabemos qué va a exigir Hacienda en el futuro”.