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LOEX–T. C. – Por Sergio García de la Cruz

   

Estas palabra tan raras son el acrónimo de Ley Orgánica de Extranjería, y la abreviatura del Tribunal Constitucional, y he decidido dedicarles unas líneas a raíz de una reciente sentencia en la que el Tribunal Constitucional ha declarado inconstitucional una parte del artículo 58.7 que originariamente decía que toda devolución acordada por pretender entrar ilegalmente en el país llevará consigo la prohibición de entrada en territorio español por un plazo máximo de tres años. Pues bien, este inciso final del artículo ha sido suprimido, y lo ha sido casi diez años después de que se presentara el recurso de inconstitucionalidad. Imaginemos la cantidad de afectados que habrá habidos por él…

Lo peor es que no se trata de un caso aislado, hay muchos más. También tengo sobre la mesa una sentencia, dictada hace unas semanas, relativa a un recurso de amparo relacionado con unos homicidios imprudentes. El condenado interpuso el recurso en el año 2006, y ahora es cuando recibe una sentencia en la que se le absuelve de dichos delitos por vulneración a la presunción de inocencia. Ahora, cuando han pasado seis años.

Es evidente la saturación a la que está sometido el Tribunal Constitucional, y que requiere una reforma, al igual que de una buena parte de la Constitución española para adaptarla a los nuevos tiempos que corren, ya que la actual situación nos termina repercutiendo a todos. Bien de una manera directa o indirecta, todos los ciudadanos de este país salimos perjudicados. Pero, claro, lo fácil son las medidas que se toman con el fin de recortar derechos. Es decir, en estos casos, cuando algo está saturado la solución más fácil para ellos es limitar el acceso al órgano, poniendo trabas o cobrando tasas. Ahora mismo, es muy complicado que un ciudadano pueda recurrir mediante recurso de amparo al Tribunal Constitucional. Las trabas son tantas que todo se queda en la puerta, con el gran desembolso de dinero que ha tenido que hacer el ciudadano para llegar hasta ahí. Pero no todo es tan malo. Además de esa puerta cerrada tenemos una luz que se nos abre al final del túnel: el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Y, viendo el camino que están tomando las cosas, lo mejor es que no toquen la Constitución, de lo contrario nos dejarían sin estado del bienestar, algo que ya están tratando de hacer con continuos atentados hacia nuestra carta magna.

Pero, volviendo a la prohibición de entrada durante tres años impuesta a los inmigrantes devueltos como inconstitucional, y que supondrá que se podrá solicitar el retorno de los que tenían esta prohibición, siempre que cumplan los demás requisitos legales en cada caso, pues resulta que en este caso se vulnera el artículo 24 de la Constitución Española ya que se está aplicando como un añadido a la sanción en ausencia de expediente administrativo colocando en una situación de total indefensión al afectado.

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