EFE | Las Palmas de Gran Canaria
El juzgado de instrucción número 3 de Las Palmas de Gran Canaria ha acordado el archivo provisional de la causa penal seguida contra el alcalde de la ciudad, Juan José Cardona, en el llamado caso Canódromo, al estimar que no ha quedado debidamente justificado que prevaricara.
El auto, que ha dado a conocer este sábado el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, acuerda el sobreseimiento provisional de las actuaciones, al no quedar debidamente justificada la perpetración del hecho delictivo por el que la Asociación de Vecinos Ciudad Alta (Avecalta) dio lugar a la formación de la causa.
La asociación vecinal denunció al exconcejal de Urbanismo de Las Palmas de Gran Canaria, Juan José Cardona, por considerar que en el Plan Especial del Canódromo se favoreció a una empresa con un aprovechamiento urbanÃstico desproporcionado.
Junto a Cardona también fueron denunciados en esta causa penal Felipe Afonso El Jaber, Paulino Montesdeoca, Mario Romero Mur, Josefa Luzardo, MarÃa Isabel GarcÃa Bolta, Antonio Naranjo y Rafael Santana, por entonces en el grupo de gobierno municipal, aunque sobre ellos ya se ha dictado auto de sobreseimiento.
El auto, contra el que se puede interponer recurso de reforma en el plazo de tres dÃas, o de apelación en cinco, afirma que en ninguna de las diligencias practicadas cabe “inferir que existió la más mÃnima reunión entre los miembros de la corporación y los particulares conducentes a convertir algún acto favorable a éstos con desatención del interés público”.
“Otra cosa serÃa la valoración de su resultado, a efectos patrimoniales, que no se atisba demasiado eficaz, cuestión esta irrelevante, por sà sola, en el ámbito penal”, agrega el fallo judicial.
Además, subraya el magistrado Tomás MartÃn que “no consta ni una sola resolución, propuesta o intervención en debate plenario en la que Cardona se apartara de los criterios técnicos y jurÃdicos contenidos en los informes que le eran presentados”.
Lo que sà puede afirmarse, asegura, es que “no ha quedado acreditado, a lo largo de la instrucción, que los cambios introducidos en el Plan General respecto a la parcela del Canódromo lo fueran con la finalidad de favorecer a determinada persona que pudiera llevar a considerar dicha resolución, aprobada por el pleno, injusta”.
Tras conocer el contenido de este auto, y al término de un pleno extraordinario sobre desempleo, Cardona se ha felicitado por lo que ha considerado “una buena noticia para la ciudad” que “corrobora”, ha dicho, todo lo que ha venido defendiendo en este procedimiento y “demuestra que no existÃa ninguna razón que justificara la denuncia” de Avecalta.
En su opinión, esta decisión judicial hace que “aquellos que calumniaron, injuriaron y ofendieron, tengan motivos más que suficientes para avergonzarse”.
“En el pecado llevan la penitencia. Espero que reconsideren esa actitud absolutamente irresponsable de ir calumniando a las personas sin tener motivo para ello. Creo que esta resolución les poner suficientemente en su sitio”, ha referido.
Juan José Cardona ha recordado que en el caso Canódromo continúa la vÃa administrativa, después de que en el ámbito contencioso administrativo el Tribunal Supremo haya dado la razón al Ayuntamiento, al igual que la Sala de lo Contencioso del TSJC, ya que esta última esa sentencia ha sido recurrida ante el Alto Tribunal “y es lo que está pendiente”.
Por lo que respecta a la vÃa penal, ha confiado en que con el auto notificado hoy “el tema quede suficientemente disipado”, si bien ha añadido que “queda a la espera de un hipotético recurso”.