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Aena sanciona a un técnico de comunicaciones en Canarias de luna de miel

   

Antigua torre de Control del Aeropuerto Tenerife Norte. | DA

Antigua torre de Control del Aeropuerto Tenerife Norte. | DA

EUROPA PRESS | Santa Cruz

Aena ha sancionado con tres días de empleo y sueldo a un técnico especialista en comunicaciones (ATSEP) en el ACC de Canarias, del sindicato FSAI, por la comisión de una falta grave por abandono del puesto de trabajo al encontrarse de luna de miel, según informa la Confederación de Sindicatos Profesionales Aéreos (CSPA).

El trabajador disfrutaba de sus quince días de permiso por haber contraído matrimonio a finales de marzo de 2013, por lo que no tenía previamente ningún servicio asignado en su cuadrante y no tenía que estar ni localizable, ni disponible para la empresa, tal y como explica el sindicato.

La CSPA cree que el expediente le ha sido incoado por la repercusión de la ausencia de técnico COM en el ACC de Canarias el pasado mes de abril y por la denuncia que la Federación de Sindicatos Aeronáuticos Independientes interpuso ante la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) el día 9 de abril.

El sindicato critica que se haya sancionado al técnico por abandono del puesto de trabajo sin que se hubiera incorporado al mismo, y aclara que en el expediente se reconoce que se le intentó notificar el servicio, incluso enviándole un chófer de Aena, pero que el interesado no está documentado que lo recibiera ni en tiempo, ni en forma.

Según la Confederación, “la empresa pretendía notificarle un COS (Cobertura Obligatoria de Servicio) debido a que los otros cinco trabajadores que cubren el equipo de comunicaciones ya habían sobrepasado los dos COS obligatorios, y en algunos casos hasta cuatro en la fecha”.

Al percatarse de ello, añade la CSPA, la responsable de RRHH comenzó a intentar trasladar la notificación al trabajador el día 25 de marzo, cuando la incorporación debía ser el 28, para cubrir el servicio. Y además, el trabajador no estaba inscrito como voluntario para realizar servicios con menos de tres días de preaviso.

El sindicato sostiene que en la normativa no aparece que el trabajador tenga que estar disponible para la empresa durante un permiso y tampoco en el caso de un permiso retribuido por matrimonio, aunque debe avisar y solicitar el permiso, tal y como hizo el trabajador sancionado con 5 días de antelación.

La Confederación apunta que el trabajador no terminaba su permiso retribuido por matrimonio hasta el día 27 y no se le notificó fehacientemente el servicio, por lo que existió por parte de la empresa una falta de gestión de sus recursos, que desembocó finalmente en que durante 5 horas, entre las 17.00 y las 22.00 horas, no se cubrió este servicio en el FIR Canarias.