X
sociedad>

4.172 euros: importe de la primera multa por imprudencia en el Archipiélago

   

TINERFE FUMERO | Santa Cruz de Tenerife

Tras casi año y medio de su entrada en vigor, ya se ha cobrado por primera vez la tasa creada por el Gobierno de Canarias por los rescates provocados por actividades de riesgo y por imprudencias/negligencias.

Curiosamente, el primero que ha tenido que afrontar este pago no fue un practicante del senderismo o del parapente, que son las principales causas de los expedientes abiertos por este motivo, sino un jinete. Pero también sorprende que, hoy por hoy, esta tasa solo es para los españoles, ya que los extranjeros siguen exentos de ella.

Por lo que respecta al jinete, cabe apuntar que se trata de un hombre de 50 años de nacionalidad española que resultó herido de gravedad tras caerse con su caballo desde una altura de 20 metros en Gran Canaria, concretamente en en el barrio de la Hoya, ubicado en la zona de Camaretas y dentro del término municipal de San Mateo.

En el momento inicial de la asistencia, presentaba un traumatismo en espalda de carácter grave que requirió un despliegue considerable por parte del Centro Coordinador de Emergencias y Seguridad del Gobierno de Canarias. Así, el personal del GES procedió a su rescate e inmovilización para posterior traslado por vía aérea hasta el Hospital Universitario Doctor Negrín, donde felizmente se recuperó de su dolencia.

Tras la tramitación del oportuno expediente, el afectado pagó hace poco los 4.172 euros que le corresponden por el rescate, una valoración económica que se calcula según los medios, tanto humanos como materiales, que se hubieran empleado en el rescate. Estas cantidades, ligeramente inferiores con respecto a lo estipulado en otras comunidades autonómicas, tiene como tope máximo de los 6.000 euros.

En concreto, la tasa se fija según lo movilizado. Por cada integrante del Grupo de Emergencias y salvamento movilizado se cobrará 36 euros la hora.

Sobre la movilización de medios materiales, si se activa un helicóptero se abonarán 2.000 euros la hora (en otras comunidades son 3.000 euros), si es una embarcación serán 300 la hora, idéntica cantidad que si se trata de un vehículo del Puesto de Mando Avanzado. El resto de vehículos se cobra 40 euros por hora. En el caso de las fracciones de hora, los importes se aplicarán de forma proporcional.

Más casos y problemas
El jinete tendrá pronto acompañantes. En la actualidad hay otros siete expedientes ya tramitados y otros dos pendientes de cobro. Como está dicho, son los practicantes del senderismo y los del parapente quienes copan masivamente estos ficheros, a pesar de que la gran mayoría de los deportes náuticos están incluidos en el listado de actividades de riesgo contempladas en la norma.

Un dato importante: el objetivo final de esta tasa dista mucho de ser recaudatoria. Lo que se pretende es por un lado disuadir a los negligentes y, por otro, que se aseguren los practicantes de esas actividades de riesgo.
Por último, es menester destacar que, por ahora, son los españoles los únicos susceptibles de pagar esta tasa, dado que los extranjeros no están sujetos al derecho tributario español y no se previó algún mecanismo para obligarles a hacer frente a esta responsabilidad impositiva.

En la actualidad, esta tasa se pasa al cobro a través de la Agencia Tributaria, a la espera de que las autoridades autonómicas logren dar con el mecanismo legal adecuado para que los foráneos también paguen.