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Las comunidades autónomas deben aplicar desde enero el copago de fármacos de dispensación hospitalaria

EUROPA PRESS | Madrid

Las comunidades autónomas deben empezar a aplicar a lo largo del mes de enero el copago de fármacos de dispensación hospitalaria para pacientes que no estén hospitalizados, aprobado por el Gobierno el pasado mes de septiembre. Aunque entró en vigor el pasado 1 de octubre, se facilitó un plazo de tres meses para que las administraciones regionales pudieran adaptarse a esta nueva medida. Sólo Ceuta y Melilla la aplicaron tras su aprobación y el resto lo harán a lo largo de enero «con su propio criterio», según informan fuentes del Ministerio de Sanidad.

Según han aclarado a Europa Press, el acuerdo alcanzado en el seno del Consejo Interterritorial de Sistema Nacional de Salud (SNS) definía que «cada comunidad autónoma tendrá su criterio al respecto (…), el criterio general fue que entrara en vigor, pero cada CCAA lo aplicará con su propio criterio».

La medida que debía haberse puesto en marcha el pasado 1 de octubre se topó con la negativa de numerosas CCAA a su implantación. Así Canarias, Andalucía, Aragón, País Vasco, Cataluña, Comunidad Valenciana, Extremadura, Castilla y León y Baleares afirmaban que no la aplicarían, en muchos casos por rechazo o en otros por problemas para su implantación. Por el momento, la han recurrido mediante un contencioso administrativo Castilla y León y Andalucía, mientras País Vasco ha presentado un recurso de alzada y Canarias ha anunciado que lo recurrirá.

Por el contrario, Galicia, Madrid, Castilla-La Mancha, Cantabria, Murcia y La Rioja, admitían tras el anuncio de la medida que pondrían en marcha su establecimiento al tratarse de una legislación básica estatal; el resto de comunidades manifestaban su imposibilidad inmediata de implantar dicho copago por motivos de gestión en su implantación.

Tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), fuentes de Sanidad señalaban a Europa Press que su puesta en marcha esta motivada por la necesidad de que todas las CCAA, «que son las que lo tienen que poner en vigor», utilicen la asignación de aportación reducida para estos fármacos, y tras comprobar que «no todos los fármacos dispensados tenían esta consideración».

Por tanto, añadían, «antes de que las CCAA lo pongan en vigor Sanidad lo que hace es asegurarse que todos los medicamentos serán de aportación reducida».

En total son 157 presentaciones farmacológicas de poco más de 43 medicamentos destinados a procesos crónicos o graves –oncológicos, hepatitis, reproducción asistida, la artritis reumatoide o degeneración macular, entre otros –que, hasta ahora, estaban exentos de pago–.

Estos medicamentos, según Sanidad, «cumplen con las condiciones para ser considerados de aportación reducida, al tratarse de medicamentos de elección en el tratamiento de enfermedades graves o crónicas, y estando limitada su dispensación, en el ámbito del SNS, a los pacientes no hospitalizados en los servicios de farmacia de los hospitales».

La aportación del usuario a dichos medicamentos, que estaban exentos del copago, será de un 10 por ciento del PVP del medicamento, con un máximo que se fijará teniendo en cuenta la subida del IPC en 4,26 euros –hasta ahora era de 4.20–, de acuerdo a la Resolución de 21 de enero de 2013, de la Dirección General de Cartera Básica de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia.