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Prisión sin fianza por intentar matar con un hacha a su exmujer

   

EUROPA PRESS | Santander

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 3 de Castro Urdiales ha decretado prisión provisional comunicada y sin fianza para el hombre que intentó matar a su exmujer con un hacha, al considerar que “se da una situación de riesgo para la integridad de la víctima”.

El hombre, de 55 años y con iniciales M.O., fue detenido este martes después de atacar con un hacha en plena calle a la exmujer, a la que provocó heridas de gravedad. La víctima, que contaba con una orden de protección desde 2011, se encuentra hospitalizada en Cruces. Ambos son naturales de Marruecos y residen en Castro Urdiales.

Según consta en el auto de prisión provisional, recogido por Europa Press, el detenido ha declarado que fue su exmujer la que le agredió a él con el hacha y que únicamente se defendió cogiéndola de las muñecas y empujándola, una versión que según el juez Carlos Ceña “carece de verosimilitud” y que “no se corresponde” con las declaraciones de los testigos que presenciaron los hechos ni con “la necesidad de que la víctima tuviera que ser trasladada al hospital”.

En el auto, se destaca que las declaraciones que figuran en el atestado de la Guardia Civil, de testigos que de nada conocen al imputado, coinciden en que el detenido golpeó con el hacha a la víctima en repetidas ocasiones en la calle Juan de la Cosa de Castro Urdiales, y que fue él el que la persiguió a ella.

Además, M.O. fue “identificado y detenido por uno de los testigos de los hechos hasta el momento en el que llegó la Policía Local de Castro Urdiales y procedió a su detención”, tal y como figura en el parte de incidencia de la Policía Local que consta en el atestado de la Guardia Civil.

El juez subraya que la medida en vigor de alejamiento y prohibición de aproximarse a su exmujer, ha resultado “insuficiente” para que el imputado quebrantara la medida impuesta, “y por ello cabe concluir que se da una situación de riesgo para la integridad de H.O.”

El juez tiene en cuenta no sólo los antecedentes penales con los que cuenta el imputado, sino también la gravedad y los medios empleados en los hechos, “lo que se deduce también de la residencia efectuada en su detención”, como consta en el atestado y que “hace presumir la posibilidad de que vuelva a agredir a la víctima no importando la vigencia de dicha medida”.

Por todo ello, el juez considera “proporcionada e idónea” la medida solicitada por el Ministerio Fiscal, frente a la libertad provisional que ha pedido la defensa del detenido, y ha decretado la prisión provisional comunicada y sin fianza de M.O., en un auto que es recurrible.