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Otro Héroe en el poder judicial – Por Sergio García de la Cruz

   

Cuando Montesquieu escribió sobre la división de poderes puso un especial énfasis en dejar claro que cuando los poderes legislativo y ejecutivo se hallan reunidos en una misma persona o corporación, entonces no hay libertad, porque es de temer que hagan leyes tiránicas para ejecutarlas del mismo modo. Así sucede también cuando el poder judicial no está separado del poder legislativo y del ejecutivo. Estando unido al primero, el imperio sobre la vida y la libertad de los ciudadanos sería arbitrario, por ser uno mismo el juez y el legislador y, estando unido al segundo, sería tiránico, por cuanto gozaría el juez de la fuerza misma que un agresor.

Ciertamente, esta división e independencia en este país ya no solamente ha perdido su esencia, sino que se está convirtiendo en una cuestión utópica e inexistente. Pero, no todo está perdido, un buen observador se dará cuenta de que asistimos a un escenario en el que el Poder Judicial se abre camino luchando contra la malezas, malas hierbas o yuyos y lo hace bajo la bandera que representa a todo persona, la de los derechos y libertades. Por fin, nos llegan ápice de esperanza, el orden frente al desorden.
En España nos enfrentamos a un enmarañado ordenamiento jurídico. Cientos de normas brotan a diario desde cualquier organismo con habilitación para ello, engrosando de por si un confuso y caótico sistema legal. Los héroes existen, son persona admirada por sus hazañas y virtudes o personas que llevan a cabo una acción heroica, en este caso esta persona es el Ilmo. Sr. D. Santiago J. Pedraz Gómez, magistrado-juez del Juzgado Central de Instrucción, su Auto de 17 de marzo de 2014 relativo al Caso Couso es magistral, una lección de derecho para nuestra clase política.
España olvidó su vinculación al Convenio de Ginebra relativo a la Protección de Personas Civiles en Tiempo de Guerra. Importante convenio de protección al ser humano, y reformó nada menos que una ley orgánica que entra en contradicción con el citado texto internacional, e incluso la suspensión del artículo 146.

Lógicamente, con buen criterio, el magistrado-juez da como mi inaplicable la reforma indicada y lo hace por prevalencia de los derechos humanos sobre cualquier otra decisión caprichosa del legislador que goza de mayoría absoluta en este caso y puede hacer y deshacer a su antojo, olvidando que ese poder tiene sus límites y que estos no solamente están consagrados en la Constitución Española sino que también en todas las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que recoge la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por España.

¿O creen que esta supremacía normativa es simplemente una máscara o una táctica de aparentar ante los demás?, ya vemos que no, esta vez alguien se ha atrevido a echar el freno, y este es nuestro héroe. Por suerte muchos más se están uniendo bajo esta bandera. En palabras de nuestro querido Quijote: “Cambiar el mundo, amigo Sancho, que no es locura ni utopía, sino justicia”.

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