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Sanidad multará el uso de cigarros electrónicos en los centros públicos

   
cigarrillo electrónico

Expertos sostienen que no está probada la eficacia del cigarrillo electrónico a la hora de dejar de fumar. / DA

JOSÉ LUIS CÁMARA | Santa Cruz de Tenerife

Desde el pasado 1 de enero, vapear -el término que designa el uso del cigarrillo electrónico- está prohibido en centros sanitarios, zonas educativas e infantiles, en el transporte público y en el ámbito de las administraciones públicas, especialmente en las oficinas de atención al público de toda Canarias. La medida, que ya se implementaba desde hace un año en Andalucía, Cataluña y la Comunidad Valenciana, se acordó en un Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud celebrado en diciembre, donde también se decidió que los profesionales sanitarios no promuevan el uso de estos cigarros como método de prevención del tabaquismo o para dejar de fumar.

En este sentido, desde la Dirección General de Salud Pública del Gobierno regional confirmaron a este periódico que, al igual que ocurre con la ley antitabaco, se realizarán inspecciones periódicas en los centros públicos de las Islas para comprobar el efectivo cumplimiento de la normativa.

Desde Salud Pública recordaron que la orden pretende “avanzar en la prohibición de su uso y consumo (del cigarrillo electrónico) en los espacios de uso público contemplados en la Ley 28/2005, modificada por la Ley 42/2010 de 30 de diciembre”. De igual modo, justifican esta restricción dado que “la eficacia de los cigarrillos electrónicos como ayuda para dejar de fumar no ha sido demostrada y por otra parte, no se pueden excluir los riesgos para la salud asociados al uso o a la exposición del vapor de los cigarrillos electrónicos”. Las mismas fuentes del Ejecutivo regional recordaron que el Gobierno español está en conversaciones con la Comisión Europea para implementar la directiva continental antitabaco, en la que se incluye este tipo de cigarros.

Dada la situación en los países de la UE, en la que predomina una consideración de estos productos como medicamento, bien total o parcialmente, el Consejo Interterritorial propone un nuevo texto de aproximación a la norma europea, según el cual además de la comunicación de ingredientes se exigiría a fabricantes e importadores una documentación sobre el producto que permita determinar la calidad y la seguridad del mismo y que deberá ser remitida a las comunidades autónomas antes de la comercialización.

El 1% de la población española es consumidor habitual de esta minipipa de agua

El Ministerio de Ana Mato, de igual modo, llevará a cabo una serie de modificaciones de la actual ley antitabaco para adaptarse a la nueva normativa comunitaria. Entre las propuestas que se han elaborado está la de prohibir el uso de saborizantes que enmascaren el sabor del tabaco en cigarrillos y picadura de liar, así como los aditivos asociados con incrementos de energía y vitalidad. Además, se evaluarán ingredientes de carácter tóxico o que aumenten la adición. La propuesta centra su atención en los cigarrillos y la picadura de liar. En relación al empaquetado y etiquetado, la propuesta pretende que garanticen clara información sobre los perjuicios para la salud. La propuesta contempla que las advertencias combinadas (gráficos más texto) ocupen al menos el 65% de ambos lados de los paquetes de tabaco.

En líneas generales, España apoya la propuesta de la Presidencia europea respecto a la regulación de los cigarrillos electrónicos bajo esta directiva de productos de tabaco, como propone el Parlamento, pero incrementando las garantías de calidad y seguridad por parte de las autoridades. La mayor parte de los estados miembros apoyan esta misma propuesta.

Los cigarrillos electrónicos son dispositivos que no contienen tabaco y que, mediante un sistema electrónico, vaporean una mezcla compuesta habitualmente por nicotina, propilengicol y otros productos químicos. Tanto la Organización Mundial de la Salud como el Comité Nacional para la Prevención del Tabaquismo han elaborado informes desaconsejando su consumo. Para Sanidad, “tanto su presentación, idéntica a la de los cigarrillos tradicionales, como la utilización de estos dispositivos, manteniendo el gesto de fumar, pueden incidir negativamente en la deshabituación tabáquica, y la normalización de su uso en espacios públicos puede suponer una influencia negativa en niños y jóvenes”. Según las últimas estadísticas del Ministerio, el 5% de la población española lo ha fumado alguna vez, y el 1% es consumidor habitual.

Control de la publicidad en TV

El texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios establece también el régimen de publicidad aplicable a estos dispositivos electrónicos, de forma que su promoción deberá hacerse exclusivamente en aquellos soportes y franjas horarias en los que no esté prohibida según la ley del tabaco de 2010. Así, se prohíbe su publicidad en la emisión de programas dirigidos a menores de 18 años y durante 15 minutos antes o después de la trasmisión de los mismos. Además, en medios audiovisuales no se podrá ver su publicidad en la franja horaria comprendida entre las 16.00 y las 20.00 horas. En ningún caso se atribuirá a los citados dispositivos susceptibles de liberación de nicotina una eficacia o indicaciones terapéuticas que no hayan sido específicamente reconocidas por un organismo público competente.