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A vueltas con el REF (I) – Por José Miguel González Hernández

   

Resulta que el Régimen Económico y Fiscal (REF) es el conjunto normativo de disposiciones especiales de distinto rango que garantiza que por la lejanía, insularidad, clima y orografía, así como la escasez de recursos naturales, se establezca la compensación necesaria para que, a través de políticas específicas y suficientes, se conforme una unidad normativa, armónica y coherente para constituir un modelo especial para la región. Ahí es nada. De igual modo, pretende mantener una significativa presión fiscal menor que la media del resto de España y de la Unión Europea (UE).

Nuestra permanente situación genera a su vez permanentes condicionamientos en forma de tasa de paro superior a la media de la Unión Europea, estando ésta correlacionada negativamente con el nivel de estudios. De igual modo, el acceso a los ciclos formativos superiores, sabiendo que están limitados por el nivel formativo y económico de los progenitores, tienen una menor tasa que la media nacional.

Este hecho ocasiona un sustancial incremento en el denominado subempleo. De igual modo, tenemos escasez de promoción en los mercados internos de las empresas debido a la escasez de empresas medianas o grandes en una economía donde prima la baja productividad con crecimientos importantes en temporalidad y baja formación, lo que fomenta la falta de impulso a la contratación indefinida y con salarios inferiores a la media nacional, similares al comportamiento de los importes de las diferentes modalidades de prestaciones.

De la economía sumergida, mejor no hablar. Está correlacionada de forma positiva con la tasa de paro, y hasta que no haya una consolidación del crecimiento económico, el bastón de la economía paralela será siempre una posibilidad más para la subsistencia.

En definitiva, Canarias es vulnerable y dependiente. Paralelamente, la crisis económica actual, entendiéndola como fruto de un fracaso colectivo, abre un período de revisión de los fundamentos de la economía del Archipiélago. Y dentro de dichos fundamentos está el marco institucional. Los agentes económicos y sociales necesitan reglas del juego claras, que no hagan el papel de distorsionador de las decisiones. Entonces ¿tan relevante es el REF? ¿No será un invento moderno?

En la actualidad, el REF es el componente del estatuto económico especial más importante al que se refiere las especialidades canarias. Debido a su especial condición insular y lejanía geográfica, el Archipiélago, desde su incorporación a la Corona de Castilla a lo largo del siglo XV, ha dispuesto de un tratamiento singular, tanto en lo administrativo como en lo económico y fiscal.

Ya en 1487 se proclamó la Real Cédula de los Reyes Católicos en torno al régimen de franquicias. Estos derechos históricos se han manifestado en forma de un régimen librecambista en el marco de un proteccionismo según la época. Esta especificidad se tradujo en un sistema de puertos francos.

El sistema ha ido evolucionando con la introducción de elementos intervencionistas que culminaron con la Ley 30/1972, de Régimen Económico Fiscal de Canarias.

Las consiguientes modificaciones de la norma van configurando la estructura acorde al ordenamiento español y europeo, siempre con el carácter compensador para igualar a los competidores en el mismo punto de partida. Como valor añadido, que aún estamos a tiempo, el REF puede modular la intensidad en relación con el tipo de actividad económica que prime, el tipo de estructura empresarial que se genere, el número y el tipo de empleos generados y la propia ubicación geográfica de la inversión productiva.

De esta forma se podrían condicionar los designios, no sólo económicos, sino sociales del Archipiélago.

Y ahora, cerremos los ojos y supongamos que tenemos el REF que demandamos en las Islas. ¿Se cumplirá? Dejaremos la respuesta en suspense y así ya la contestaremos la próxima semana.
Nos vemos.

*ECONOMISTA