X
ECONOMÍA >

Carlos Gómez: “Bankia tendrá que devolver el dinero perdido con las acciones”

   
Foto SERGIO MÉNDEZ

Foto SERGIO MÉNDEZ

TINERFE FUMERO | Santa Cruz de Tenerife

Una vez más, tendrán que ser los tribunales de Justicia los que reparen los perjuicios causados a la ciudadanía por las malas prácticas en determinadas entidades financieras de España. En esta ocasión es la polémica salida a Bolsa de Bankia, una entidad fruto de una malhadada fusión entre cajas y que saltó al parqué bajo una cascada de irregularidades que ahora el Banco de España acaba de poner al descubierto a través de un informe que no deja títere con cabeza. Desde hace ya más de un lustro, el bufete de abogados tinerfeño Sirvent&Granados se ocupa de este tipo de casos bajo la dirección de su especialista: Carlos Gómez Sirvent.

-Como especialista en reclamaciones contra productos tóxicos bancarios, ¿qué opinión le merece el reciente informe del Banco de España sobre la salida a Bolsa de Bankia?

“Supone un antes y un después y, desde luego, un argumento formidable para reclamar judicialmente las pérdidas ocasionadas a los ciudadanos a cuenta de las malas prácticas en la dirección de esta entidad financiera”.

-¿Por qué entiende que dicho informe libera a los que compraron acciones de su propia responsabilidad al adquirirlas?

“Porque actuaron engañados ya que se les facilitaron datos falsos. El informe realizado por los dos peritos del Banco de España no deja lugar a dudas: ni las cuentas de Bankia ni las de su entidad matriz, el Banco Financiero y de Ahorros (BFA), correspondientes a los años 2010 y 2011 y que se incluían en el folleto de emisión de acciones no se correspondían con la realidad ni cumplían, desde la perspectiva contable, los requisitos exigidos por la legislación.Y esa información es clave en la toma de una decisión de estas características. Pero aún hay más: el informe también desvela un rosario de artimañas cuyo objetivo final era fijar un precio que perjudicó tanto al pequeño accionista como al propio Frob. [El Fondo de reestructuración ordenada bancaria, creado por el Gobierno de España para gestionar las nacionalizaciones de entidades financieras forzadas por la crisis. Controla en la actualidad el 60% de Bankia]”.

-Por lo que dice, parece evidente que hay que sumar la salida a Bolsa de Bankia a la ya larga lista de productos tóxicos bancarios junto a los swaps, clics, preferentes o hipotecas multidivisa…

“[Sonríe] Tanto desde la perspectiva financiera como jurídica, junta usted cosas distintas, pero sí es verdad que tienen un denominador común: el perjuicio que la mala praxis de algunas entidades ha ocasionado a sus propios clientes. Y todo ello ocasionado por la urgencia de las entidades en conseguir la financiación que se les negaba en su vivero habitual hasta entonces: el mercado internacional”.

-¿A cuánta gente pueden afectar estas irregularidades? ¿Y en Canarias?

“En total, cientos de miles de pequeños accionistas que prácticamente han perdido todo lo que invirtieron. Hay que tener en cuenta que Bankia captó unos 3.000 millones de euros en su salida a Bolsa, aunque ahora sabemos que parte de lo que se llama el tramo institucional también fue falseado por los responsables de entonces, ya que adquirieron acciones desde sociedades dependientes para alcanzar los requisitos de la Comisión Nacional de Mercado de Valores. En cuanto a la incidencia en las Islas es notable dada la inclusión de La Caja de Canarias en el proceso de fusión de estas cajas. Pueden ser más de 2.000 afectados, especialmente en la provincia oriental”.

- ¿Cuál es la mejor vía para lograr la devolución del dinero?

“La vía judicial desde luego. Bankia es responsable civil subsidiaria por esas pérdidas y el demoledor informe del Banco de España no deja lugar a dudas. La entidad tendrá que devolver el dinero perdido con sus acciones ya que resulta evidente que el folleto de la Opción Pública de Venta era falso”.

- ¿Tan claro lo ve?

“El informe del Banco de España no deja lugar a dudas”.

- ¿Considera aconsejable que los perjudicados unifiquen sus acciones legales?

“Aconsejo actuar de forma individualizada. Aunque se mueven por los mismos parámetros, cada caso es distinto y las demandas colectivas siempre llevan implícitas un riesgo que no tiene por qué asumir una persona que reclama en buen derecho”.

- ¿Qué ocurre si, para aminorar pérdidas, ya he vendido las acciones? ¿Puedo reclamar igualmente?

“Aunque pueda resultar sorprendente, sí que se puede reclamar por el perjuicio patrimonial sufrido”

-¿Hay plazos para reclamar?

“Si se opta por la vía de la falsedad del folleto de la OPV, el plazo es de tres años. Aún si pasa ese tiempo hay otras vías jurídicas a explotar como el vicio en la voluntad del comprador o actuar contra los incumplimientos de la gestión, pero lo mejor es acudir a los tribunales cuanto antes. Lo óptimo sería presentar la demanda antes de mayo del año que viene para evitar cualquier contratiempo relacionado con los plazos temporales”.

-Su bufete de abogados es una referencia en este tipo de casos. ¿Ya cuenta con clientes que se consideran perjudicados por la salida a Bolsa de Bankia?

“Desde hace más de un año recibimos consultas al respecto ante los indicios de unas irregularidades que ahora el informe del Banco de España ha hecho aflorar. En cuanto a nuestra experiencia en el sector, es cierto que llevamos ya unos años en los tribunales de Justicia defendiendo con éxito a nuestros clientes de ciertas prácticas que se han demostrado que eran abusivas”.

-¿Se puede actuar contra la auditora por daños y perjuicios habida cuenta que se prestó al fraude en cuestión?

“Si nos atenemos al informe en cuestión, se puede demandar tanto a la empresa auditora como al propio Estado, pero aconsejo a mis clientes hacia la dirección que entiendo la más adecuada a sus intereses: actuar contra la entidad”.

-Como ya ocurriera con otros productos tóxicos, el hecho de que la vía civil sea más útil para la reparación a la víctima, ¿no supone un beneficio evidente para los responsables de este tipo de fraudes y/o estafas?

“Hay indicios suficientes para ir por lo penal pero nuestra función es defender los intereses de nuestros clientes, y se defienden mejor por lo civil porque garantiza esa reparación. Son otros los que tienen que velar por el estricto cumplimiento de la legislación vigente”.