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Las escuchas de uno de los 9 meses de grabaciones pueden ser nulas

   
Fernando Clavijo, Vicente Garrido y Victoria Rosell. | DA

Fernando Clavijo, Vicente Garrido y Victoria Rosell. | DA

VICENTE PÉREZ | La Laguna

Las defensas de los imputados en el caso Corredor, entre ellos el alcalde lagunero Fernando Clavijo (CC) y las concejales Blanca Pérez (CC), María José Castañeda (PSOE) y Aymara Calero (CC), estudian solicitar la nulidad de parte de las escuchas debido a que en uno de los nueves meses que duraron las grabaciones no constan en el sumario avaladas por la correspondiente prórroga de la entonces titular sustituta del Juzgado Número 1 de La Laguna, Matilde Flores.

Las grabaciones se realizaron entre abril de 2010 y enero de 2011, prorrogadas mes a mes por la juez, pero en septiembre de 2010 no consta en el auto la prórroga expresa para interceptar las intervenciones telefónicas, aunque sí otras diligencias.

Así lo expone en una providencia el juez que instruye el caso, César Romero Pamparacuatro, quien alude a que, según la Ley Orgánica del Poder Judicial, los actos procesales que causen indefensión serán nulos de pleno derecho. En su escrito, el magistrado recuerda que la juez no dio respuesta al oficio policial en el que se le solicitaba, el 17 de septiembre de ese año, la prórroga de las intervenciones telefónicas a Clavijo y otros imputados: Evaristo González, Juan Carlos Martín y Juan Pedro Lutzardo.

Las defensas tienen hasta el próximo martes para aceptar la subsanación de este defecto o pedir la nulidad. Ayer, el abogado Carlos Álvarez (representante legal del presidente de la FAV Aguere, Francisco Barreto, imputado por pedir a Clavijo que agilizara la licencia de apertura para una cafetería que según las pesquisas policiales incumplía con la normativa técnica) anunció que va a pedir la nulidad de las escuchas, al considerar que “no es un defecto subasanable”.

A su salida de la primera jornada de declaraciones de testigos e imputados ante el Juzgado lagunero, Álvarez apuntó que todo dependerá de la postura de la Fiscalía, pues “si no apoya la nulidad, por mucho que digan los letrados no tenemos nada que hacer y el proceso seguirá adelante”. Álvarez afirmó que si se anulan las escuchas de un mes, “decaerían todas las imputaciones” basadas en las conversaciones de ese periodo, aunque señaló que pueden mantenerse imputaciones sustentadas en otro tipo de pruebas. Se congratuló además de que el juez Pamparacuatro ha imprimido al proceso judicial “bastante celeridad”.

Sobre este asunto, el fiscal jefe del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, Vicente Garrido, recordó ayer en declaraciones al programa Despierta Tenerife de Teide Radio que “sólo un juez puede limitar el derecho al secreto de las comunicaciones mediante un auto judicial de una manera razonada y ponderada”, pues, de lo contrario, existiría “una vulneración de los derechos fundamentales”. “Esta limitación tiene que estar fijada por un tiempo delimitado, pero es verdad que en determinados procedimientos complejos los plazos no son suficientes para obtener la investigación adecuada y la Policía no puede continuar con la interceptación de esas escuchas, y necesita la habilitación de un juez instructor que las prorrogue y con las razones bien fundamentadas”, añadió el fiscal general. “Si en algún momento la cadena de prórrogas se rompe, se vulneran derechos fundamentales”, insistió Garrido.

La toma de declaraciones a imputados ante juez, fiscal y más de una veintena de abogados de las defensa sigue hoy, cuando acudan al Juzgado Clavijo y Blanca Pérez. El lunes será el turno del portavoz vecinal de Las Chumberas, y asesor del Ayuntamiento, Ricardo González, y Casteñeda; y el martes, del empresario Evaristo González.

Rosell: “Sólo se anularía ese mes”

La portavoz en Canarias de Jueces para la Democracia (JpD), Victoria Rosell, afirmó ayer que “ningún policía puede intervenir un teléfono sin un oficio judicial”, con lo cual se mostró segura de que “ese oficio existió” en el caso Corredor con respecto al mes de septiembre de 2010. De todos modos, si así no fuera, explicó, “se podría declarar la nulidad de las escuchas ese mes, pero en principio no tendría por qué afectar al resto” de las grabaciones, “si tienen vida propia”. Ahora, subrayó, “todas las partes, incluyendo el Ministerio Fiscal, deben hilar fino en las escuchas de agosto y octubre, si se omite septiembre”. En tal circunstancia, puntualizó que si los indicios de un delito para un imputado figuran en las conversaciones de las llamadas de ese mes y luego en octubre, “ya sólo son flecos de lo escuchado en septiembre, el proceso podría estar viciado respecto de esa persona, delito o hecho concreto”. De todos modos, subrayó el “papel preponderante” que desempeña la Fiscalía Anticorrupción en la posición que mantenga al respecto. “Ya en el auto que había desaparecido el Ministerio público veló por el interés general, por lo cual le daría mucha importancia al criterio que le dé la fiscal”, apostilló en el programa Despierta Tenerife, de Teide Radio. A su juicio, “podría tratarse de un error de la juez en la parte dispositiva del auto”, extremo que “se podría justificar por la cantidad de trabajo”.