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La fiabilidad del registro de la Agencia Tributaria, en duda

   
El contribuyente se dirigió a la Agencia Tributaria porque discrepaba con la sanción impuesta. / DA

El contribuyente se dirigió a la Agencia Tributaria porque discrepaba con la sanción impuesta. / DA

M. FRESNO | Santa Cruz de Tenerife

Una vez más, la Asociación Davide para la Defensa del Contribuyente ha vuelto a poner en tela de juicio la actuación de la Agencia Tributaria. En esta ocasión se trata de un contribuyente canario que está a la espera de que se resuelva una queja que puso en el año 2010 al discrepar con la sanción impuesta por la Agencia Tributaria. El afectado envió a través de Correos un recurso de reposición el 29 de noviembre de 2010, último día antes de que se terminara el plazo establecido.

Según explicó a este periódico el presidente de la asociación Davide, José Alfonso García, el problema se plantea cuando la Agencia Tributaria desestima dicho recurso por “extemporáneo”, ya que considera que lo presentó fuera de tiempo, el día 30 de noviembre. “Algo totalmente incierto, porque la fecha que cuenta siempre es aquella en la que Correos sella el documento, no la del día en el que la carta llega al destinatario”, explica José Alfonso. Rechazado el recurso, el contribuyente decidió acudir entonces al Tribunal Económico y Administrativo Regional (TEAR), un organismo con competencia autonómica que pertenece a Hacienda, “pero cometió el error de no aportar la prueba documental de la certificación de Correos que decía que había enviado la queja el día 29”. En consecuencia el TEAR, basándose en la única “prueba existente”, que es la aportada por la AEAT, lo desestima.

Sin pruebas

Sin embargo, el contribuyente consideraba que aunque él no haya aportado la prueba, tampoco la pudo aportar la AEAT, al no existir más prueba que el certificado de Correos.

No obstante, “por lo precaria de su situación patrimonial decide no acudir a la vía judicial”, sino al Consejo para la Defensa del Contribuyente, que también depende de Hacienda. “Para sorpresa nuestra”, explica Alfonso, “el propio TEAR volvió a insistir en que el contribuyente había enviado tarde su recurso, basándose en el escrito del propio contribuyente. Lo curioso del caso es que dicho documento no refleja el sello estampillado por Correos, que debía mostrar la fecha del envío, sino que en su lugar figura una etiqueta adhesiva del registro general de documentos de la Administración de Las Palmas de Gran Canaria, cuya entrada data del 30 de noviembre a las 00.00 horas. Una etiqueta que te adhieren cuando vas a las dependencias de Hacienda a presentar algo”. Es decir, continuó el presidente de Davide, “que el recurso se quedó fuera de plazo por un segundo. Por mucho que he acudido a las dependencias a pedir copia original, no se ha dado”.

A partir de aquí, el contribuyente ha entrado, desde el año 2010 en una serie de trámites y papeleos que lo único para lo que sirven, según expone Alfonso, es para “aburrir al contribuyente”. “Pero en mi opinión, la cuestión más importante de todo esto es si se puede manipular un registro público”.
No obstante, el presidente de la asociación aseguró que tanto el contribuyente como él en su papel de asesor fiscal no se van a aquedar aquí. “Seguiremos adelante y la próxima parada es en el Defensor del Pueblo y, en su caso, la Inspección General de Servicios de Hacienda”.
José Alfonso señaló asimismo que no puede ser que una queja pequeña desemboque en años y años de “suplicio para un contribuyente que lo único que pretende es ejercer su derecho a la réplica”. “Como siempre digo -agregó-, la indefensión del contribuyente en estos casos es impresionante, y para eso estamos nosotros, para ayudar y evitar las injusticias como ésta”.