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Municipios de elevada población podrán gestionar juntos lo común

Vista aérea de Santa Cruz y parte de La Laguna, municipios que, por ley, podrán constituir un nuevo órgano llamado área metropolitana. / DA
Vista aérea de Santa Cruz y parte de La Laguna, municipios que, por ley, podrán constituir un nuevo órgano llamado área metropolitana. / DA

VICENTE PÉREZ | Santa Cruz de Tenerife

La nueva Ley Canaria de Municipios permitirá a los ayuntamientos de “grandes aglomeraciones de población” como Santa Cruz, La Laguna, El Rosario, Candelaria y Tegueste constituirse como área metropolitana, con el fin de planificar de forma conjunta su futuro urbanístico o coordinar obras y servicios que puedan afectar a todos los municipios que la integren. Para poner en marcha este órgano común, sin embargo, será necesario que el Parlamento canario, a solicitud de los consistorios interesados, apruebe una ley ad hoc, que deberá contar con un informe del Cabildo correspondiente y someterse a información pública.

Las competencias de estas áreas metropolitanas serán “las que les asignen las leyes de creación” pero, según el artículo 66 de la nueva normativa municipal, serán “fundamentalmente las relacionadas con la planificación y gestión supramunicipal, con especial incidencia en la urbanística y la coordinación y homologación de servicios y obras municipales. El área metropolitana la presidirán, de forma rotatoria por periodos anuales, cada uno de los alcaldes de los ayuntamientos integrados. Además, dispondrá de un órgano colegiado, denominado “comisión metropolitana de gobierno” en el que estarán representados todos los municipios del área en proporción a su población, y de la que formarán parte los regidores municipales. Será la ley específica que amparará este órgano intermunicipal la que determinará la forma de designar a los concejales de los municipios y la adopción de acuerdos.

El área metropolitana podrá ejecutar las obras públicas ordinarias de interés general para los municipios que la formen y las que estén previstas en el planeamiento supramunicipal que le afecte, como los planes territoriales de infraestructuras o el Plan Insular de Ordenación del Territorio (PIOT).

Para las obras públicas ordinarias, de acuerdo con la flamante Ley de Municipios -que se publicó en abril en el Boletín Oficial de Canarias pero que no entrará en vigor hasta el 13 de junio- se seguirán los procedimientos de selección y adjudicación previstos en la legislación de contratos del sector público, considerando que el área metropolitana es una administración pública a tales efectos.

Los recursos económicos con que contaría este órgano metropolitano podrán ser rentas y productos de su patrimonio; subvenciones y donaciones que reciba de cualquier institución pública o de particulares; las aportaciones presupuestarias de los municipios integrados -con respecto a la distribución equitativa de cargas-; las tasas, contribuciones especiales y precios públicos que se cobren por los servicios y obras de su competencia; los recargos sobre el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) y cualesquiera otros que se prevean en la ley de su creación.

La nueva legislación sobre municipios canarios fue aprobada por unanimidad en el Parlamento canario a finales de marzo pasado, con el fin de clarificar sus competencias.

No hubo fusión ni mancomunidad

La idea de mancomunar servicios en el área metropolitana tinerfeña es ya antigua. Hace años, los entonces alcaldes de Santa Cruz (Miguel Zerolo), El Rosario (Macario Benítez, aún en el cargo en funciones), La Laguna (Ana Oramas) y Tegueste (Vidal Suárez) llegaron a mantener reuniones con tal fin, pero realmente la iniciativa no llegó nunca a cuajar. Ni que decir tiene que con menos predicamento han contado los amagos de debate sobre una fusión entre Santa Cruz y La Laguna, algo que esbozaron voces de la Agrupación Tinerfeña de Independientes (ATI), la pata tinerfeña de CC, pero a lo que se opusieron de forma férrea partidos como el PSOE. Hoy esa idea está casi ausente del debate público.