tribuna

Mediación y políticos (I)

La mediación antigua, antiquísima. Pero moderna. Digo siempre moderna por antigua. Ambas cosas, mediación desde siempre cuando uno/a próximo ha tenido diferencias con otro/a, se han disgustado, reñido, o, incluso en negocios, en política, en guerras. Últimamente vengo tratando de la creada por la ley y hace del mediador en conflictos, problemas o discrepancias una profesión moderna con ciertos efectos que tienden a mejorarse y ser efectivos.

Ahora, ya empezada la promoción de los políticos, queremos invitarlos a que se pronuncien o hablen de la mediación, y su regulación, exigencias, objetivo, consecuencias, posibilidades, información a los ciudadanos, órganos, organismos, cátedras de formación, enseñanza y preparación para conceder el título que otorgue capacidad, conocimientos y firmes bases para ejercer esta actividad como nueva profesión, con la importancia que merece y lograr su extensión y aceptación. Sin relación alguna con los juzgados y tribunales. Sin que sea, pues no lo es ni tienen derecho a desfigurarla quienes defiendan otros intereses, ya que la mediación no nace para evitar pleitos, ni sustituir a los juzgados, ni para hacer justicia, ni otorgar la paz, ni a hacer a la gente buena, mala, suficiente, indiferente, agropecuaria ni tributaria o impositiva. No, lo inventado ya lo está; esto que nace déjenlo evolucionar y que crezca y mejore. Lo que se hizo en el pasado, como lo demás es eso, pasado, antecedente si se quiere. Pero no es eso. Es algo -como tanto- nuevo. Así partamos de una Conformidad o una Disconformidad. Lo conforme es una Ley estatal del año 2012, única vigente, con sentido amplio aunque tenga el titulo Civil o Mercantil, ya que en ella no se recogen asuntos o cuestiones específicas de esas ramas del derecho; aunque excluye algunas, no significa que en ellas no sea posible, la mediación, al igual que en las que no menciona.

Toda su regulación tiene aplicación general, empezando por la figura del mediador, protagonista de la mediación, aunque las auténticas figuras y de más importancia son las partes. Y nadie lo discute. Una primera cuestión elemental, que la separa de las actuaciones o procedimientos judiciales, donde el único protagonista sin concesiones es el juez, en su grado o categoría, aunque como siempre los muy importantes dicen hablar en nombre de…, por mandato de…, entelequias, figuraciones. No pongamos otros ejemplos.

En la mediación no se actúa en nombre de nada, de nadie, carece de solemnidades, ritos, ceremonias, requisitos, obligaciones, prohibiciones; no perjudica, favorece, influye, determina y condiciona vidas, haciendas, haciendas futuras, pasadas, de nadie… Es algo propio y parte de uno, cuando se prolonga, porque convive y no está solo, es un animal racional, a veces raciona y a veces se relaciona y de esas relaciones surgen o pueden surgir cuestiones a resolver, aclarar, discutir, concordar, arreglar, cambiar, disminuir…, etc., como cada día ejercita y realiza; solamente se diferencia en que puede necesitar o considerar adecuado que haya una tercera persona para ayudar a exponer, o hacer valer lo que quería corregir, explicar, preguntar o exponer pues parece que no lo consiguió, no se lo entendió o no lo supo hacer otro/a lo entendió de otra forma, no hay más. No se busca la Justicia, en los Juzgados sí.

Para eso están, siguen y son suficientes los jueces. Preparados, bien formados, objetivos, justos, honestos, inteligentes y tienen leyes que evolucionan y mejoran y Tribunales Superiores, con total experiencia, seleccionados, esa es la justicia.

*ABOGADO. EXPERTO EN MEDIACIÓN
vegaalcaniz@gmail.com