ECONOMÍA

Autónomos, profesión de alto riesgo

La norma pretende equiparar al trabajador autónomo con el de régimen general. / EP
La norma pretende equiparar al trabajador autónomo con el de régimen general. / EP

“El éxito es la capacidad de ir de fracaso en fracaso sin perder entusiasmo”. Esta frase de Winston Churchill refleja a la perfección la esencia del emprendedor. O al menos así debería ser, porque hacerse autónomo en los últimos años se ha convertido en una salida laboral para aquellos que quieren acceder al mercado de trabajo.

En una región con más de 242.000 parados, la emprendeduría se ha convertido en una oportunidad. De hecho, según datos del Servicio Público de Empleo (SEPE), en los primeros cinco meses del año, las altas iniciales para la capitalización del paro han sido de 704 para hacerse autónomos. Y es que durante esta larga crisis el Gobierno ha ido aprobando medidas para fomentar el emprendimiento. Aún así, quedan muchas cosas por mejorar, como la bajada de la presión fiscal, la rebaja a la seguridad social para facilitar las contrataciones, medidas para el cumplimiento de la ley de Morosidad o la reducción de los trámites administrativos.

En este sentido, la nueva Ley de Fomento del Trabajo Autónomo y de la Economía Social, publicada el pasado miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE) espera generar más de 550.000 nuevas altas hasta 2019. La norma, que entrará en vigor en un plazo de 30 días, trata de equiparar la figura del trabajador por cuenta propia o autónomo y el trabajador por cuenta ajena (régimen general).

Entre las novedades de esta nueva normativa está la tarifa plana para los autónomos, fija la cuantía por contingencias comunes en 50 euros durante seis meses, y amplía el incentivo a los autónomos que inicien una actividad por cuenta propia y después contraten a trabajadores en régimen general.

Otra de las novedades es que, con independencia de la edad del solicitante, el emprendedor podrá capitalizar hasta el 100% de su prestación por desempleo para facilitar la inversión y los gastos iniciales de la apertura del negocio. Además, los mayores de 30 años podrán compatibilizar durante no más de 270 días la prestación de desempleo con el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), una opción que, hasta ahora, estaba reservada para los menores de 30 años.

Asímismo, con la idea de ofrecer una segunda oportunidad al autónomo, la ley amplía el plazo, de 24 a 60 meses, para la reanudación de las prestación por desempleo, una vez iniciada una actividad por cuenta propia a todos los trabajadores con derecho a prestación. La norma también permite a aquellos autónomos económicamente dependientes, es decir, los que reciben al menos el 75% de sus ingresos de un único cliente, poder contratar a un empleado en circunstancias específicas.

Entre las medidas que incluye la ley para que el autónomo esté al mismo nivel que el trabajador por cuenta ajena, destaca el derecho a incorporarse a las prestaciones de la Incapacidad Temporal o a la jubilación anticipada. Además, los autónomos no solo deberán gestionar la prevención de riesgos laborales sino que se verán beneficiados de sus políticas. La ley también amplía las bonificaciones a todos los tramos de edad. Para los mayores de 30 años se crea una ayuda de 800 euros al año durante un máximo de 3, y para los menores, el importe será de 1.650 euros durante el primer año. Además, aquellas empresas que contraten a personas en situación de exclusión social mantendrán una ayuda de 850 euros al año, durante un máximo de tres.

Los autónomos aplauden esta iniciativa porque serán muchas las personas que saldrán del paro para incorporarse al mercado laboral. Ya lo dijo el premio nobel Murray Butler: “Tan solo hay tres grupos de personas: los que hacen que las cosas pasen, los que miran las cosas que pasan y los que preguntan qué pasó”.

[sws_grey_box box_size=”100″]¿Cuánto cuesta ser emprendedor? ¿Qué trámites son necesarios?

-Cotización. Si estás pensando en hacerse autónomo, el primer concepto que debes conocer es base de cotización. Esta base será el precio con el que la Seguridad Social calculará cuánto tendrás que pagar al mes de cuota y tu futura pensión de jubilación. Cuando te des de alta tendrás que indicar qué base de cotización tendrás: la base mínima es 884,4 euros mensuales y la máxima 3.606 euros.

-Tarifa plana. Esta medida consiste en una reducción de la cuota a la Seguridad Social. Para los mayores de 30 años, esta rebaja dura 18 meses, mientras que para los menores de 30 años se extiende hasta los 30 meses. En ambos casos, durante los primeros seis meses se paga a la Seguridad Social una cuota fija próxima a los 50 euros.

-Impuestos. Los autónomos pagan impuestos, y lo hacen a través del IRPF y del IVA (IGIC en Canarias).

-En otros países. En Portugal, los autónomos no pagan cuotas ni IVA, aunque a cambio abonan al Estado el 24,5% de lo que ingresan anualmente. En Italia, solo pagan en función de las ganancias (un 20%). En Francia, las cuotas dependen de la profesión elegida y de los ingresos que obtengan, pero el primer año no tienen que pagar nada. En Holanda, pagan una cuota de 50 euros anuales y un seguro que les cuesta 100 euros mensuales. En Reino Unido tienen establecida una cuota fija de entre 13 y 58 euros y no tiene declaraciones trimestrales de IVA, sino que paga al final del ejercicio fiscal en función de las ganancias conseguidas. En EE.UU. tampoco hay cuotas para los autónomos, aunque están obligados a hacerse un seguro médico, y los impuestos se pagan en relación a lo que se produce. En Alemania se paga una cuota de 140 euros siempre que se superen los 1.700 euros de ingresos netos al mes.[/sws_grey_box]