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Vicente Garrido: “Es preferible el coste para evitar un hecho tan grave”

El fiscal Vicente Garrido entrega la memoria anual a la presidenta del Parlamento, Carolina Darias. | EP
El fiscal Vicente Garrido entrega la memoria anual a la presidenta del Parlamento, Carolina Darias. | EP

El fiscal superior de Canarias, Vicente Garrido, reflexionó ayer en relación al caso de violencia machista en El Sobradillo que “es preferible evitar un hecho gravísimo” como el fallecimiento de una mujer al coste que pudiera suponer cualquier medida de protección, aún a riesgo de que no fuera necesaria. Estas declaraciones de Garrido, que aluden implícitamente a la falta de medios, coinciden en lo esencial con las efectuadas ayer a este periódico por el vicedecano del Colegio de Abogados, José Luis Sánchez Parodi.

Garrido, que acudía al Parlamento de Canarias para presentar la memoria regional de la Fiscalía, recordó que no había antecedentes que indicasen que la denuncia presentada por la mujer que murió presuntamente a manos de su expareja la semana pasada en Tenerife “pudiera tener el final que tuvo”.
Preguntado por el número de procedimientos que se desestiman en este ámbito, el fiscal jefe dijo que entiende por esta consideración los que se archivan porque no existen indicios de haberse cometido un delito, y señaló que no tiene “instrumentos” para afirmar que llegan al 50% de las peticiones.

En general, de las 200.000 diligencias previas, esto es, denuncias que se presentan en un juzgado y que dan lugar a incoar un procedimiento, las que se convierten en asuntos reales de trabajo “no llegan a las 4.000”, precisó el fiscal. El archivo de una causa no implica que no haya delito, sino que “a lo mejor no existe actividad probatoria contra quien lo cometió”, a que la denuncia se formuló bajo la apariencia de una actividad delictiva no lo sea e incluso, en ocasiones, se ha archivado y luego se reabre, continuó Garrido.

Respecto al caso de Iris, la mujer fallecida en El Sobradillo, el fiscal Vicente Garrido señaló que se presentó una denuncia inicial en la que se determinó que no había situación de riesgo y no se acordó medida de protección alguna. A la hora de evaluar una situación de riesgo influye, “lógicamente”, dijo Garrido, la existencia o no de denuncias anteriores “y por lo que creo entender” esto es lo que determinó al juez la denegación de la orden de alejamiento.