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Condenan al SCS a pagar más de 30.000 euros por el retraso en el diagnóstico de un cáncer

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Número 3 de Las Palmas de Gran Canaria ha condenado al Servicio Canario de Salud (SCS) al pago de 30.155 euros a las hijas de una mujer, fallecida con 56 años en Tenerife, debido al retraso en el diagnóstico de un cáncer.

La sentencia, hecha pública este viernes por el Defensor del Paciente, resalta que la fallecida presentaba un dolor de laringe desde octubre de 2007 a enero de 2008, hecho que se le achaca al estado de duelo por la muerte de su marido.

La juez considera que hubo “diagnóstico tardío” ya que en octubre se solicitó un TAC y la prueba no se realizó hasta marzo, siendo diagnosticada con neoplasia esofágica y cuyos resultados no se le informaron a la paciente hasta un mes después cuando ingresó en el hospital.

Contra la sentencia el SCS puede interponer recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC).

El Defensor del Paciente también ha hecho pública este viernes otra sentencia en la que el Juzgado de lo Social Número 3 de Santa Cruz de Tenerife condena al SCS a reintegrar los gastos de traslado en avión -por importe de 31.878 Euros-, que unos padres de Tenerife se vieron obligados a desembolsar para que su hijo, un menor de 13 años aquejado de la enfermedad de ‘huesos de cristal’, pudiese ser intervenido quirúrgicamente en Madrid tras una caída.

Los padres reclamaron el coste del trasladado al Hospital Universitario de Getafe al SCS -un vuelo medicalizado privado-, que desestimó la opción al entender que la operación no era una urgencia vital y que el niño podía viajar en vuelo regular -aunque Iberia no lo realiza y Air Europa necesita una antelación de 72 horas para acondicionar el avión-.

La juez, aunque reconoce que la vida del menor no corría peligro, considera que su enfermedad tiene unas peculiaridades diferentes a las de un menor que se cae y se rompe el fémur, ya que los huesos de estos pacientes pueden romperse en cualquier momento, y subraya que los médicos del HUC corroboraron la urgencia del traslado.

Contra la sentencia cabe recurso de suplicación ante la Sala Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC).