el charco hondo

Puertitos

Según decreto de 13 de junio de 2028, de reglamento de policía y gestión de puertos de la Comunidad Autónoma, se permite el baño y uso con fines de ocio y deportivo, suspendiéndose la prohibición en los muelles dependientes de la administración autonómica de colocar sillas o mesas, celebrar asaderos o comidas, hacer submarinismo o pescar, ya sea desde las infraestructuras o en las dársenas o aguas portuarias. Este decreto, que paraliza, deroga, suspende, elimina y sustituye el de 22 de mayo de 2015, que prohibía todo lo que ahora se permite, entra en vigor una vez concluido el trabajo que durante los últimos trece años han venido realizando las mesas interdepartamentales y comisiones multidisciplinares constituidas al efecto. Este Gobierno cumple así con el compromiso -adquirido a raíz de las protestas que provocó el decreto de 2015- de buscar una solución para acabar con el aluvión de críticas del mencionado año. En la exposición de motivos del decreto de junio de 2028, que anula la polémica regulación de mayo de 2015, se reconoce que lo ocurrido trece años atrás constituyó una torpeza que se consumó sobre algunos errores. Se estima que, dada la enorme sensibilidad del asunto (sacar del agua a quienes llevan toda la vida bañándose donde siempre) lo razonable habría sido hacer un par de llamadas antes de llenar los puertitos de carteles amenazantes. A raíz de este afán cartelero (sin duda precipitado, mal valorado y rayando lo absurdo) quien tanto corrió con los paneles condenó al Gobierno, con los cartones ya puestos, a agachar la cabeza con alcaldes que ni en sueños van a sacar a sus vecinos del agua o a quitarles la caña. En esta dirección, cabe recordar que cuando en 2015 se suscitó este debate a los bañistas les preocupó, incluso más que el decreto, que el Gobierno anunciara que buscaría una solución, temiéndose trece años atrás que, como así ha sido, tardarían trece años en coger la caña por los cuernos.