Santa Cruz

La contaminación en La Hondura está dentro de los límites legales

La contaminación en la zona de La Hondura, donde se producen los vertidos autorizados de la estación de bombeo de Cabo Llanos, están dentro de los límites legales. Al menos así se desprende de las pruebas realizadas por el Ayuntamiento de Santa Cruz a petición del Gobierno de Canarias, para incorporarlas al expediente que la consejería de Medio Ambiente tramita a fin de renovar la autorización de vertidos al Consistorio capitalino.

DEPURADORA DE BUENOS AIRES SC TENERIFE
La depuradora de Buenos Aires, en Santa Cruz, recibió autorización para verter al mar en 2005. / M. P. P.

El área de Servicios Públicos recogió muestras a los 50 y 100 metros de la bifurcación del emisario en la dirección de la corriente, unas muestras que, según detalla el informe realizado por los laboratorios contratados para el análisis, “cumplen con los límites del anexo IV del Real Decreto 817/2015”. Esta última norma establece los nuevos criterios de calidad ambiental para las aguas que aprobó el Estado el año pasado y que deben regir desde entonces en cualquier autorización ambiental como es este caso y que afecta a los vertidos de la depuradora.

Sin embargo, aunque el resultado de las muestras, de manera global, ofrece que se cumplen esos límites, el laboratorio también aclara que en al menos en tres series de parámetros cuyas cantidades se les ha pedido medir, no han podido hacerlo al carecer de medios técnicos para ello. Añade que tampoco hay ningun otro laboratorio en España que pueda hacerlo.

Así, explican que las cantidades de estas sustancias que se les ha pedido que midan (una decena), se encuentran por debajo del límite de cuantificación de las técnicas empleadas en el laboratorio, lo que hace que no las puedan medir, un número que, paradójicamente, está por encima de los límites fijados por la nueva norma de calidad. Es más que probable que este problema comience a ser común en los laboratorios españoles al haber puesto la ley una cantidad que en estos momentos no se puede medir. El laboratorio encargado de los análisis, Envira Ingenerios Asesores, detalla que, “los límites exigidos para algunas sustancia no son posibles con técnicas de análisis habituales, ni tan siquiera con las más avanzadas, ya que exigen rangos de 1×10 8 ug/l’’. Tampoco se encontró ningún laboratorio acreditado en España que pudiera dar unos límites de cuantificación por debajo de los establecidos”.

Pintura de barcos
Junto a esta decena de componentes un tercer parámetro, el tributilestaño sí que superó los límites establecidos en la muestra tomada a los 50 metros de la bifurcación, mientras que en la de los 100 metros, la concentración tampoco pudo ser medida. Sin embargo, este componente no puede atribuirse al vertido de aguas residuales ya que, tal y como se detalla en el informe, se trata de un sustancia que se encuentra principalmente en la composición de aditivos de pintura antiincrustante empleada para proteger los cascos de los barcos, muelles y boyas.
El edil de Servicios Públicos, Dámaso Arteaga, entiende que con la entrega de estos datos se de continuidad al expediente iniciado por el Gobierno de Canarias para renovar el permiso de vertido de aguas residuales y adaptarlo a la nueva normativa. “Hemos cumplido con lo que nos ha pedido el Gobierno y ahora le toca a ellos seguir con los pasos”. “Nos pidieron un plan de etapas y las pruebas de contaminación, ambas cosas están hechas”, concluyó. Desde la viceconsejería de Medio Ambiente, al frente de la que está Blanca Pérez, no se confirmaba ayer si ya había recibido los datos que mantenían paralizado el expediente.

[sws_grey_box box_size=”100″]Expediente sancionador de la UE
El Gobierno de Canarias comunicó al Ayuntamiento de Santa Cruz el verano pasado que iniciaba de oficio la modificación del permiso concedido en 2005 y que permite que la Empresa Mixta de Aguas del municipio (Emmasa) vierta al mar, en la zona de La Hondura, una media de 20.000 metros cúbicos de aguas residuales al día, previo tratamiento en la estación de bombeo de Cabo Llanos. Esta revisión de oficio se produjo una vez que la Viceconsejería de Medio Ambiente estimó que Emmasa había incumplido varios de los aspectos recogidos en la autorización, desde verter más agua de la permitida, hasta el deficiente tratamiento previo de los residuos, pasando por la afectación de las aguas de baño de la zona.

Estos incumplimientos son los mismos que han llevado a la UE a abrir un expediente sancionador, ya comunicado a España, por estar incumpliendo la ley europea en materia de medio ambiente en Santa Cruz. La autorización originaria permitía verter las aguas que no podían ser bombeadas a la depuradora de Buenas Aires, un bombeo que en la práctica no se produce por la falta de capacidad de la depuradora, lo que ha llevado a verter directamente al mar todas las aguas residuales de la parte baja de Santa Cruz.[/sws_grey_box]