SOCIEDAD

¿Un examen práctico de conducir sin tener que aparcar?

La Dirección General de Tráfico (DGT) podría valorar en el futuro la necesidad de hacer una reforma normativa para establecer un permiso de conducir restringido a coches con sistema de estacionamiento asistido, como el que ya existe para los vehículos automáticos, que no exigiría aparcar en el examen práctico.

La DGT ha dictado una instrucción en el que establece las condiciones para el uso de estos sistemas de estacionamiento y afirma que en un futuro “se puede valorar, en su caso, la necesidad de una modificación normativa que permitiera, a criterio del aspirante, obtener un permiso restringido, al igual que ya ocurre para los vehículos automáticos, para la conducción exclusiva de vehículos que cuenten con un sistema de estacionamiento asistido, sin que para ello fuera necesario realizar en las pruebas la obtención la maniobra completa de estacionamiento en los términos actuales”.

La DGT recuerda que gracias al uso de las nuevas tecnologías, los sistemas de ayuda al estacionamiento permiten la realización de una de las maniobras más frecuentes que se realizan en las vías urbanas, facilitando así al conductor, que voluntariamente los use, la maniobra de estacionamiento del vehículo en condiciones de seguridad y comodidad.

En la actualidad, se está generalizando la penetración en el mercado de los sistemas adaptados de ayuda a la conducción, conocidos como ADAS (Advanced Driver Assistance Systems). Por este motivo, la DGT ha publicado una instrucción que define qué es el sistema de estacionamiento asistido y cuáles son las condiciones básicas de uso de este avance tecnológico.

AYUDA A LA CONDUCCIÓN AUTOMATIZADA
Esta ayuda a la conducción actúa de manera automatizada sobre la dirección y/o el sistema de frenado y aceleración del vehículo y permite realizar la maniobra sin la intervención directa del conductor sobre el volante y/o pedal del freno y acelerador.

El uso de este sistema puede emplearse en las vías abiertas al tráfico siempre que se cumplan las condiciones de seguridad establecidas en la normativa del mecanismo de dirección de la Comisión Económica de las Naciones Unidas para Europa (CEPE) y se mantenga la distancia máxima de 15 metros entre la sección de inicio y final de la maniobra.

Si el control de los mandos del vehículo se realiza desde fuera del habitáculo, la maniobra se realizará a una velocidad máxima de 5km/h y la posición del conductor será tal que le permitirá mantener su libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente. En todo caso, la distancia entre el conductor y el vehículo será inferior a cuatro metros.

Como ya ocurre con otros sistemas avanzados de ayuda el conductor, como la frenada autónoma de emergencia, el control adaptativo de la velocidad o el asistente de cambio involuntario de carril, el conductor es el responsable de la conducción del vehículo.

Con el objetivo de tener un mayor conocimiento de la implantación de los ADAS en los vehículos que circulan por las carreteras y su impacto en la reducción de la siniestralidad, se podrán registrar en el Registro de Vehículos de la DGT, según indica el organismo.