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Los ecologistas critican que el PTE no garantiza el equilibrio territorial
El informe de Ordenación Territorial señala que el documento invade competencias ajenas

El PTE ha salido a información pública. / DA
Verónica Vargas
S.C. de La Palma


La Asamblea Ecologista de La Palma critica que la ponencia técnica de la consejería de Política Territorial remitió un informe del Plan Territorial Especial de la Actividad Turística de la Isla (PTE), a la Comisión de Ordenación Territorial y Medio Ambiente de Canarias (Cotmac), en el que se advertía que en el documento había graves errores. En este informe elaborado por el jefe del servicio de Ordenación Territorial, Faustino García Márquez, arquitecto y urbanista, se dice que, aparentemente, el PTE no dispone de mecanismos concretos y eficaces que permitan garantizar la consecución de los objetivos de equilibrio y distribución territorial de la oferta turística.

Así, apunta que la suma de las capacidades alojativas máximas establecidas para cada una de las Unidades Territoriales Homogéneas (UTH), en que se divide La Palma, arrojan un total de 104. 023 camas. Aunque el PTE establezca una capacidad máxima de 25.500 plazas alojativas hasta el año 2020, el sumatorio de la carga total podría llegar a ser entendido como una declaración, para que después de 2020, se admita una capacidad desmesurada para el valor ambiental de la Isla y su dimensión territorial y social.

En definitiva, la Asamblea Ecologista denuncia que a pesar de que el PTE limita el crecimiento de las camas turísticas hasta 2020, la capacidad alojativa posible para el conjunto de las UTH es de 104.023 y lo cierto es que el documento no impone ningún límite para este desmesurado crecimiento a partir de 2020.

Respecto a las reclasificaciones de suelo, los ecologistas confirman que existen varios sectores de suelo urbanizable en la Isla, que han sido reclasificados por el Gobierno de Canarias como "suelo rústico de protección territorial", en virtud de la disposición adicional cuarta de la Ley 19/2003 de 14 de abril, por las que se aprueban las Directrices de Ordenación General y las Directrices de Ordenación del Turismo de Canarias, entre los que se encuentran las actuaciones de carácter convencional como son los Balcones de Mazo, Las Hoyas y Las Manchas. Y es que el propio PTE pretende que sean objeto de reclasificación nuevamente como suelo urbanizable no sectorizado turístico, resultando por tanto, dicha nueva reclasificación contraria a la Directriz 7.2 a) de Ordenación del Turismo. El citado técnico entiende que el impacto de estas actuaciones sobre el modelo turístico propuesto es relevante.

Otra de las objeciones realizadas es que el PTE establece coeficientes de edificabilidad en asentamientos agrícolas y rurales elevados en relación a los metros construidos según el tamaño de las parcelas. Estos parecen más propios de asentamientos urbanos. Asimismo, en distintos apartados del informe se critica que el PTE pretenda regular aspectos que legalmente no le competen en las determinaciones sobre las infraestructuras portuarias.
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