JOSÉ LUIS CÁMARA | Santa Cruz de Tenerife
El Boletín Oficial de Canarias (BOC) publicó ayer la Orden de 11 de abril de 2013 por la cual se crea y regula el fichero de datos de carácter personal denominado Atención e intervención psicológica en acoso escolar, destinado a garantizar los principios constitucionales de seguridad jurídica y protección de la intimidad de los menores.
Según explicó a este periódico la viceconsejera de Educación, Manuela De Armas, se trata de una disposición “técnica” que da cumplimiento a la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y al artículo 2 del Decreto 5/2006, de 27 de enero, por el que se regulan los ficheros de datos de carácter personal de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma.
“Los archivos que están sujetos a protección de datos, como son los referentes a menores víctimas de acoso o con algún tipo de necesidad especial, tienen un tratamiento alto y deben estar protegidos jurídicamente”, recalcó De Armas, quien denotó que en este registro “se incluyen todas aquellas intervenciones psicológicas y acciones de cualquier tipo que requieren los niños víctimas de acoso, que sólo podrán ser requeridos por los propios interesados o la autoridad judicial”.
En la orden publicada en el BOC se expone que “el artículo 18 de la Constitución Española garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen y establece que la ley limitará el uso de la informática para garantizar estos derechos y su pleno ejercicio”.
De igual modo, “conforme al artículo 2 del Decreto 5/2006, de 27 de enero, por el que se regulan los ficheros de datos de carácter personal de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, la creación, modificación o supresión de ficheros incluidos en su ámbito de aplicación, se realizará por orden del titular de la consejería competente por razón de la materia a la que afectan”. A la vista de estas y otras disposiciones citadas, “la creación de ficheros automatizados de carácter personal, adscritos a la Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad, hace necesaria su regulación y publicación a fin de dar cumplimiento a la normativa expuesta, asegurando así a los titulares de los datos el ejercicio de sus legítimos derechos, y garantizando los principios constitucionales de seguridad jurídica y protección de la intimidad”.
La presente Orden, firmada por el consejero José Miguel Pérez, entra hoy en vigor tras su publicación ayer en el Boletín Oficial de Canarias.
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240 casos en los dos últimos cursos
La Consejería de Educación del Gobierno de Canarias dispone de un Servicio de Prevención y Ayuda contra el Acoso Escolar que en el curso 2010-2011 llevó a cabo 163 intervenciones -lo que se denomina “acoso con protocolo”-, una cifra que bajó hasta 77 en el curso siguiente. Los casos suman 240, pero han caído por debajo de la mitad, si bien es cierto que durante el primer trimestre del curso pasado el servicio estuvo inactivo. El programa canario de prevención del acoso escolar se puso en marcha en 2006, y según la Administración regional es pionero en España. Mediante llamada telefónica, chat o correo electrónico, las familias hacen sus consultas a unos profesionales que, tras una entrevista detallada, establecen el grado de acoso del que se trata. Una comisión decide si es necesaria una intervención inmediata en el centro educativo. Si lo es, la actuación se debe producir en un plazo máximo de 72 horas. La mayoría de las consultas son más bien de carácter informativo. Los casos de acoso propiamente dichos son solo una pequeña parte y además en retroceso, por lo que indican los datos recogidos por la Consejería.
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