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Exigen la readmisión inmediata del médico tinerfeño Arturo Pedrero

   

JOSÉ LUIS CÁMARA | Santa Cruz de Tenerife

La Asociación Canaria Pro Derechos Civiles y Sociales solicitó ayer la “readmisión inmediata” del joven médico tinerfeño Arturo Pedrero, que fue despedido del centro de salud de Tacoronte donde trabajaba tras un informe del Área de Prevención de Riesgos Laborales del Hospital Universitario de Canarias (HUC), que entiende que su leve discapacidad en una mano le impide ejercer su profesión.

Según la citada asociación, se está produciendo un “claro atropello de los derechos de esta persona”. En este sentido, destacan que la Constitución, en su artículo 14, reconoce la igualdad ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna. “A su vez, el artículo 9.2 establece que corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad de las personas sean reales y efectivas, removiendo los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitando su participación en la vida política, cultural y social; así como el artículo 10 también de la Constitución, de los derechos y deberes fundamentales, que establece la dignidad de la persona como fundamento del orden político y de la paz social”, recalcaron. En congruencia con estos preceptos, la Carta Magna, en su artículo 49, refiriéndose a las personas con discapacidad, ordena a los poderes públicos que presten la atención especializada que requieran y el amparo especial para el disfrute de sus derechos, entre ellos el derecho al trabajo”.

La Asociación Canaria Pro Derechos Civiles y Sociales va más allá en su denuncia, y aseguró que la Directiva europea 2000/78 para la igualdad de trato en el empleo y la ocupación por motivos de religión o convicciones, de discapacidad, de edad o de orientación sexual; así como la Ley 51/2003, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad, amparan a Arturo Pedrero, al que creen que se le está causando un “perjuicio irreparable”.

“La Administración ha actuado con muy mala fe; ha corroborado su valía y realizado el proceso de manera positiva a lo largo de todo este tiempo, para expulsarlo cuando ha pasado más de un año, basándose para ello en un informe de aptitud hecho fuera de plazo, y además por un médico distinto al que lo firmó antes”, denotaron desde la asociación, quienes recalcaron que “el procedimiento es nulo de pleno derecho; aun así no solo no se reconoce de oficio, sino que se dicta una resolución injusta, incurriendo en un atropello de sus derechos fundamentales, y los presuntos delitos recogidos en los 314 y 404 de nuestro vigente Código Penal y de otras normativas”.