POLÍTICA >

El Gobierno canario obliga por ley a contratar a parados residentes

Debate Presupuestos Canarias 2013
Rivero, junto a otros miembros del Gobierno, en el Parlamento, que aprobó los presupuestos el viernes. / DA

VICENTE PÉREZ | Santa Cruz de Tenerife

El presidente del Gobierno regional desempolvó hace poco más de una semana su reivindicación de poner límites a la llegada de más mano de obra foránea a Canarias, porque, a su juicio, la economía del Archipiélago no la puede absorber ni se podrá así reducir el 34% de paro actual.

No ha tardado el Ejecutivo canario en tomar medidas al respecto, y, de hecho, la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma para 2013, aprobada el pasado viernes por CC y PSOE en el Parlamento canario, obliga a las empresas adjudicatarias de concursos públicos o beneficiarias de subvenciones a contratar a parados que lleven al menos seis meses inscritos en el Servicio Canario de Empleo (SCE).

En concreto, la norma aparece recogida en dos disposiciones adicionales de la ley de presupuestos. La 18 es la referida a las subvenciones, y en 47 a las licitaciones. En esta se establece que “los pliegos de cláusulas administrativas particulares que rijan las licitaciones de contratación del sector público autonómico exigirán que, cuando la actividad a realizar requiera contratar personal, este sea contratado entre personas inscritas como demandantes de empleo con, al menos, seis meses de antigüedad a la fecha efectiva de la contratación en las oficinas del SCE”.

Las empresas afectadas solo podrán contratar mano de obra foránea cuando los puestos no hayan podido ser cubiertos por desempleados residentes que cumplan dicha condición o bien cuando contraten a trabajadores que hayan estado inscritos seis meses completos como demandantes de empleo en periodos no consecutivos en el año anterior a la fecha de la contratación.

El PP presentó enmiendas a los presupuestos para pedir que esta iniciativa fuera retirada, al considerar que vulnera el principio de igualdad establecido en la Constitución Española”. Tal vez por ello, en la disposición adicional 47 CC y PSC añadieron a última hora que los referidos requisitos de antigüedad “no tendrán el carácter de criterio de adjudicación sino de obligaciones del contratista en la ejecución del contrato público adjudicado a la empresa”. Para sustentar jurídicamente esta medida de fomento del empleo de residentes, CC y PSC invocan el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (que reconoce “la dimensión ultraperiférica de Canarias”, en atención a su dimensión ultraperiférica y a su particular situación estructural social y económica). También esgrimen el contenido de la “Comunicación de la Comisión Europea de junio de 2012 sobre las regiones ultraperiféricas: hacia una asociación en pos de un crecimiento inteligente, sostenible e integrador”.

El PP, en su enmienda, sostiene que la medida aprobada “perjudica a las empresas que han mantenido el empleo, colocándolas en desventaja competitiva y en una clara situación de competencia desleal frente a las que han despedido trabajadores o a las nuevas empresas no residentes en Canarias, y ello además de que pudiera ser tachada de inconstitucional al recogerse en una norma con rango de ley aspectos que vulneran el principio constitucional de igualdad”.