EUROPAPRESS | SANTA CRUZ DE TENERIFE
Una reciente sentencia de la Audiencia Nacional podrÃa servir para que el deslinde marÃtimo terrestre de Igueste de San Andrés (Tenerife), al contrario de lo que dicta la Ley de Costas, se mantenga en 20 metros y no en 100.
La sentencia del alto tribunal, tal y como ha explicado en rueda de prensa el abogado José Luis Langa, representante en Canarias de la Asociación Europea de Afectados por la Ley de Costas, se refiere a un deslinde que se aplicaba en AlmerÃa, más concretamente en Salinas de Gata, similar a algunos núcleos urbanos de Canarias afectados por la Ley de Costas como Valle Gran Rey o Igueste.
Dicha sentencia estima que el expediente de deslinde de Salinas de Gata “incide en un vicio de nulidad de pleno derecho y, por tanto, conculca el artÃculo 9.3 de la Constitución Española, que impide que se apliquen las leyes con carácter retroactivo”.
Este fallo, explicó el abogado, fue recurrido en casación por el Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino (MARM) ante el Tribunal Supremo, pero fue desestimado, lo que da “más firmeza” al veredicto de la Audiencia Nacional, resaltó Langa.
El letrado ha recordado que tanto el Cabildo de Tenerife como el Ayuntamiento de Santa Cruz y los propios vecinos de Igueste recurrieron ante la Audiencia Nacional una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) en la que se anula la resolución de la Cotmac de febrero de 2007, por la cual se aprobaba el deslinde marÃtimo terrestre de este núcleo urbano en 20 metros en lugar de 100.
En consecuencia, José Luis Langa ha confiado en que la Audiencia Nacional “también actúe en el mismo sentido y no se aplique con carácter retroactivo el deslinde marÃtimo terrestre de los 100 metros en Igueste y se aplique lo que la propia ley prevé, esto es, 20 metros de servidumbre”.
Asimismo, el representante en Canarias de los Afectados la Ley de Costas anunció que el próximo 6 de octubre en el Parlamento Europeo se van a reunir por vez primera la Comisión de Peticiones, la de Derechos Humanos y la Comisión del propio Parlamento Europeo al objeto de, conociendo la situación en la que se encuentran los núcleos afectados por la Ley de Costas, se emita un informe o dictamen para trasladarlo al Gobierno español al objeto de que esta Ley no se aplique con carácter retroactivo.