X
SUCESOS >

Tres años y medio de prisión por robar tres palomos deportivos y dos teléfonos moviles

   

EFE | Valencia

La Audiencia de Valencia ha condenado a tres años y medio de prisión a un hombre, que en mayo de 2009 entró por la ventana del balcón a casa de unos vecinos, cuando éstos dormían, y sustrajo de allí tres palomos de competición y dos teléfonos móviles.

La sentencia, de la Sección Segunda, condena asimismo al procesado, como autor de un delito de robo con fuerza en las cosas en casa habitada, a que indemnice a los vecinos con 3.000 euros por el valor total de los animales y otros 280 por los teléfonos.

El fallo, facilitado por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, ratifica el anteriormente emitido por el Juzgado de lo Penal número 10 de Valencia, contra el que el acusado interpuso un recurso de apelación.

Según se declara probado, sobre las 00.30 horas del 17 de mayo de 2009, Lucas G.G., de nacionalidad española, se encaramó al tejado de su vivienda, ubicada en un bajo de la avenida Constitución de Valencia, y trepó por un muro hasta la terraza de un inmueble superior.

De este modo, se introdujo en la casa a través de la ventana de una de las habitaciones, que se encontraba abierta, aprovechando que los moradores se encontraban durmiendo.

Allí se apoderó de dos teléfonos móviles y de tres palomos de competición que se encontraban en la terraza en sus respectivas jaulas.

Sin embargo, fue sorprendido en su huida, por el mismo sitio por el que entró, por la mujer de la casa.

Los animales fueron tasados pericialmente en 3.000 euros, aunque su dueña únicamente pudo recuperar uno de ellos cuando éste regresó por sí mismo volando a casa días después, sin bien con una pata rota, a consecuencia de lo que murió.

El procesado cuenta con un amplio historial delictivo, está ejecutoriamente condenado por otros hechos y actualmente se encuentra cumpliendo condena en el Centro Penitenciario de la localidad aragonesa de Daroca.

Una vez se le notificó la condena, el procesado, que niega los hechos, recurrió el fallo alegando que no vive en esa casa desde el año 2004 y poniendo en duda la “única” acusación que pesa sobre él, el de la propia víctima.
El juez de instancia le condenó a pesar de haber un único testigo y de que no se hallaran huellas en el inmueble donde sucedieron los hechos, debido al hacinamiento de “trastos, objetos, suciedad y polvo” que había.

Tampoco dudó de la declaración de la víctima a pesar de que no se encontraron en poder del acusado los objetos sustraídos ni que se le detuviera casi un año después.

El tribunal considera suficientemente probado que el procesado cometió los hechos porque, ya en su denuncia del robo, la vecina aportó una “serie de datos de identificación” coincidentes en su totalidad con los del acusado, que además padece una “ligera tartamudez” que ya se apuntó en esa denuncia.