El condenado, durante el juicio en la Audiencia Provincial. | DA
TINERFE FUMERO | Santa Cruz de Tenerife
El Tribunal Supremo admitió a trámite en días pasados el recurso de casación presentado por la defensa de un ginecólogo que ejercía en La Laguna y al que la Audiencia provincial condenó en enero de este año por abusos sexuales, entre otros delitos.
El alto tribunal revisará así aquel proceso, cerrado hasta ahora con una sentencia privativa de libertad de 26 años de duración, y estudiará los argumentos del letrado tinerfeño Alfonso Delgado, que ha presentado una batería de disquisiciones al respecto. Estas son las principales motivaciones del recurso en cuestión
Juez predeterminado
Destaca en primer lugar Delgado que la instrucción realizada por el Juzgado de Instrucción nº 4 de La Laguna fue creado en 2004, pero ha instruido una causa por delitos cometidos en los años 1997, 1998 y 1999, lo que vulneraría el derecho a un juez predeterminado. En opinión del letrado, los argumentos del juzgado al respecto, tales como la conexión entre los distintos delitos y que fueran continuados hasta 2006 no se sostienen.
Los registros
Uno de los más sorprendentes. La defensa del ginecólogo denuncia que el acusado no estuvo presente en el registro de su domicilio aunque se encontraba detenido cuando se hizo y en condiciones de acudir al mismo. En la presente causa se realizaron cuatro entradas y registros simultáneos, pero tan sólo una de esas entradas y registros fue en el domicilio del ginecólogo. Sin duda, otro punto llamativo. La defensa sostiene que, durante los registros, la policía se incautó de ordenadores portátiles y soportes audiovisuales, que fueron descritas y detalladas en las distintas actas. Sin embargo, tras su análisis y posterior instrucción se remitieron a la Audiencia provincial.
Es entonces cuando se detecta que faltan grabaciones. Aunque la Audiencia rechaza un recurso, agentes del Cuerpo Nacional de Policía manifestaron en la vista oral que aún tenían en la comisaría varios CD, DVD y otras piezas de convicción incautadas en los registros. Aunque la Audiencia Provincial ordenó al CNP depositar tales pruebas, el resultado final es que apareció un ordenador portátil de más, faltaban 3 cintas de cámara de vídeo y faltaban todas las tarjetas de memoria SD.
Valoración de testimonios
Por último, reseñar que el abogado tinerfeño también discrepa de la valoración realizada por el tribunal acerca de las declaraciones de las dos víctimas de los abusos sexuales continuados por los que fue condenado el ginecólogo.
“En el caso de la primera” reza el recurso, “no es lógico que el juzgador concluya que la víctima no supiera que estaba manteniendo una relación sexual cuando la propia víctima ha manifestado que es capaz de distinguir entre una relación sexual y una exploración ginecológica y, además, no cabe la menor duda de que lo que ocurrió, según los peritos que visionaron las cintas, era inequívocamente una relación sexual”.
En cuanto a la segunda, se reiteran los argumentos sobre fortalecimiento de suelo pélvico ya dados en la vista oral.
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Más de 1.070 grabaciones en un caso muy sonado
Fue la indiscreción de una inquilina la que originó el llamado caso ginecólogo, sin duda uno de los más sonados en 2010 en toda la Isla al desvelarse la existencia de más de 1.070 grabaciones en las que se entremezclaban los actos sexuales con meras operaciones médicas. Sólo se veían órganos sexuales, pero dos mujeres se reconocieron en las grabaciones.
Fue la Sección Sexta de la Audiencia Provincial la que condenó a Ernesto R.R.T., el ‘falso’ ginecólogo, a 24 años de prisión por abusos sexuales a las dos mujeres, ya que el resto prescribieron. Igualmente, se le condena por tres delitos contra la intimidad, otro de usurpación de estado civil y una falta de estafa, según la sentencia. Así, por los dos delitos de abusos sexuales (dos con introducción de objetos y otros dos con penetración) se le impuso 16 años de prisión; seis por los tres delitos contra la intimidad y dos más por usurpación civil.
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