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“El derribo o no de la obra de La Salle lo decidirá un juez”

Eligio Hernández, junto al alcalde de La Orotava, en una imagen de archivo. | MP

N. TORRES | Santa Cruz de Tenerife

“La orden de demolición de un edificio sólo puede ser dictada por un tribunal, serán ellos los que lo digan, como ocurre en todo Estado de Derecho, y no el Ayuntamiento”. Quien así se expresa es el abogado del colegio La Salle, Eligio Hernández, que se ha hecho cargo de la defensa de este centro, denunciado por invasión del dominio público en la ejecución de las obras de ampliación del edificio.

Desde el Ayuntamiento, el consejal de Urbanismo, José Ángel Martín, negó el extremo de que se haya dado orden de derribo de la obra del colegio: “La Gerencia lo que ha hecho es tramitar un expediente sancionador en el que se advierte de la suspensión de cualquier ocupación y habitabilidad que pueda dar a lugar a la finalización de la obra para que no lo puedan ocupar”. El expediente ya ha sido recurrido, según informó Hernández, quien señala que “nosotros creemos que sí puede ocuparse y si se nos impide recurriremos ante la instancia que sea necesaria para que nos lo permitan, como ya lo hemos hecho”.

Martín, por su parte, se mostró taxativo al decir que “el derecho de defensa lo tiene todo el mundo y ahora el que tiene que ejercerlo es el colegio La Salle”. Según Urbanismo, “lo que se ha firmado es la incoación del expediente, en el que se explicita que si no se puede legalizar la obra realizada, habrá que devolver el colegio a la edificación preexistente, ajustada a normativa”.

Una normativa que Eligio Hernández asegura cumple exquisitamente el colegio La Salle. “Nos atenemos a que esas obras están avaladas por el actual Plan General de Ordenación(PGO) y que incluso, dentro del nuevo planeamiento también estarían avaladas. Esto es algo que nadie pone en duda”, puntualiza. Según Hernández, “nadie ha declarado ilegal las obras. Eso lo tiene que hacer un tribunal, en toco caso. Se está demonizando al colegio La Salle”. El abogado asegura que el expediente se ha recurrido por la vía contencioso-administrativa porque, entre otras cosas, “la resolución emitida por la gerencia de Urbanismo no se hace acompañar por el preceptivo informe jurídico. Lo que habría que preguntar es por qué sí va el informe técnico pero no el jurídico”. Eligio Hernández estima que si se rechaza su recurso la resolución puede alargarse casi un año por la vía del Juzgado de lo Contencioso.