“La conciencia es libre para religiosos y laicos”

DIARIO DE AVISOS | SANTA CRUZ DE TENERIFE

Antonio del Moral, fiscal del Tribunal Supremo recientemente nombrado también magistrado del mismo, impartió el jueves una ponencia sobre Conciencia frente a Ley: objeción de conciencia en las profesiones sanitarias en el marco de las Jornadas sobre Derecho y Medicina, que tuvieron lugar en Las Palmas.

-En un país laico, ¿cómo cree que debe articularse el derecho a la objeción de conciencia?

“Entiendo que es importante destacar que la conciencia no es un asunto religioso o poco laico. Todas las personas tenemos convicciones: un concepto del bien y del mal y de lo que debemos y no debemos hacer. Algunas de esas convicciones pueden hundir sus raíces en concepciones religiosas. Otras no. Unas y otras han de ser respetadas en la medida de lo posible. La libertad de conciencia está unida no solo a la libertad religiosa, sino también a la libertad ideológica. Por eso también el Estado ha de salvaguardar la conciencia del arreligioso. En este sentido presenta interés un supuesto en que el Tribunal Constitucional otorgó el amparo a un militar por no haberse respetado su objeción de conciencia a integrar una formación para rendir honores a la Virgen”.

-¿Debe primar entonces lo individual sobre lo colectivo?

“No siempre. Sólo cuando ello sea posible sin que padezcan derechos de terceros. Cuando no puede salvaguardarse la opción de conciencia sin afectar a derechos e intereses legítimos de terceros o a principios esenciales en un Estado (igualdad, salud de las personas, interés de los menores) ha de sacrificarse esa opción de conciencia”.

-Pero, ¿es un derecho individual o colectivo?

“La objeción de conciencia es un derecho individual. Cosa diferente es el ideario de centros privados que podría llevar a consecuencias similares, pero conceptualmente distintas. Hablando de centros de titularidad pública, la objeción de conciencia ha de ser individual. Si nos movemos en centros de titularidad privada, la objeción de conciencia de los propietarios puede determinar la identidad del centro”.

-¿Cómo se concilia nuestra cultura cristiana con la objeción de conciencia?

“La objeción de conciencia solo está reconocida en la Constitución de manera expresa cuando se refiere al servicio militar obligatorio. Pero el Tribunal Constitucional declaró hace más de veinte años que la Constitución amparaba la objeción de conciencia por exigencias de los derechos a la libertad ideológica y de religión”.